Sancionan a proveedora del IMSS por medicamento falso

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  • Una proveedora del IMSS fue inhabilitada dos años y multada con 138 mil 911 pesos por proporcionar información falsa sobre 120 piezas de un medicamento que no correspondía con lo indicado en sus envases.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- Una proveedora del IMSS fue inhabilitada dos años y multada con 138 mil 911 pesos por proporcionar información falsa sobre 120 piezas de un medicamento que no correspondía con lo indicado en sus envases.

La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) informó que la sanción contra Eliana Díaz Magaña derivó de tres órdenes de compra suscritas en agosto de 2021 con el Instituto Mexicano del Seguro Social.

De acuerdo con la resolución, las piezas fueron presentadas y etiquetadas como Tacrolimus de un miligramo, bajo la denominación “Limustin Tacrolimus”, lote I20J0121, aunque su contenido no correspondía con el medicamento señalado en los envases primarios y empaques secundarios.

El Limustin Tacrolimus es un inmunosupresor usado principalmente por vía oral para evitar que el organismo rechace un órgano trasplantado como riñón, hígado o corazón.

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La sanción fue notificada el 31 de julio y publicada este martes en el Diario Oficial de la Federación.

La SABG informó que Díaz Magaña también fue incorporada al Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados, por lo que no podrá participar durante dos años en procedimientos de contratación ni celebrar contratos con la Administración Pública Federal.

Ese mismo año, en octubre de 2021, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitió una alerta por la falsificación de Limustin (tacrolimus), aunque por un lote distinto al señalado en la sanción de la SABG.

La alerta sanitaria, emitida tras denuncias de la empresa fabricante Landsteiner Scientific, advertía sobre productos que ostentaban el lote 129B0219 y caducidad DIC23, además de irregularidades en los empaques y en las cápsulas.

Entre las anomalías detectadas estaban un empaque primario traslúcido, sellos de seguridad en inglés y borrosos, algodón dentro del empaque y cápsulas de colores distintos a los originales.

La SABG no relacionó esa alerta sanitaria con el procedimiento que derivó en la sanción contra Díaz Magaña.

La dependencia señaló que la resolución puede ser impugnada y que la sanción fue impuesta bajo criterios de proporcionalidad y gravedad de la falta.

“Las medidas se emitieron conforme a la ley y considerando los criterios de proporcionalidad y gravedad de la falta.

“La persona física tiene derecho a impugnar la resolución, y en caso de hacerlo, la Secretaría defenderá con firmeza la sanción, por haber sido impuesta con apego a derecho y en protección del interés público”, enfatizó.

La dependencia federal detalló que refrenda su compromiso con la legalidad y la integridad de las compras públicas. 

“Engañar durante la vigencia de contratos públicos tiene consecuencias”, resaltó.

*Con información de Agencia Reforma

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