Respalda Corte rectoría del Estado en tarifas eléctricas  

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  • Tira Suprema Corte argumentos de empresa que pretendía invalidar la reforma energética de López Obrador.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO. – La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que confirmó la constitucionalidad del artículo 33, fracción XXI, segundo párrafo, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal marca un punto clave en la larga y compleja guerra jurídica emprendida por empresas privadas contra la política energética impulsada durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

El fallo, emitido por el Pleno al resolver el Amparo en Revisión 400/2025, desestimó el reclamo de una empresa generadora de electricidad, a la vez de reafirmar un principio central de la reforma energética de la Cuarta Transformación: la rectoría del Estado en la definición de la política energética y en la coordinación de los órganos que la ejecutan.

El caso se originó cuando una empresa solicitó a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) el servicio de transmisión de energía eléctrica y, al no estar conforme con los cargos aplicables, promovió un juicio de amparo indirecto. En su demanda, impugnó tanto la regulación que establece los procedimientos para calcular las tarifas de transmisión como el precepto legal que faculta a la Secretaría de Energía (Sener) a coordinarse con el entonces órgano regulador autónomo, la Comisión Reguladora de Energía (CRE), para la determinación de tarifas reguladas.

La estrategia jurídica no fue aislada. Formó parte de una avalancha de litigios promovidos por empresas del sector energético que, durante el sexenio pasado, buscaron frenar, revertir o vaciar de contenido las reformas que privilegiaron a las empresas públicas, particularmente a la CFE, y que cuestionaron el modelo de “regulación capturada” heredado del periodo neoliberal.

respalda corte rectoria del estado en tarifas electricas 1

En primera instancia, la persona juzgadora sobreseyó parcialmente el juicio y concedió el amparo contra la regulación tarifaria, pero omitió pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo impugnado. Esa omisión detonó una cadena de recursos: la extinta CRE promovió revisión y la empresa quejosa presentó un recurso adhesivo. El Tribunal Colegiado que conoció del asunto advirtió que el análisis constitucional estaba incompleto y remitió el expediente a la Suprema Corte.

El fondo del debate fue claro: ¿podía la Secretaría de Energía intervenir, siquiera de manera coordinada, en la determinación de tarifas eléctricas, o esa facultad pertenecía de forma exclusiva al órgano regulador? Para la empresa promovente, cualquier participación de la Sener vulnera la autonomía técnica del regulador y abre la puerta a decisiones “políticas”.

La Corte rechazó esa lectura. El Pleno concluyó que el término “coordinar” no implica subordinación, sustitución ni invasión de competencias, sino un mecanismo de colaboración institucional diseñado para asegurar que las decisiones técnicas se alineen con la política energética del Estado. En otras palabras, la regulación no pierde su carácter técnico, pero tampoco opera en el vacío ni al margen de los objetivos públicos.

Este criterio cobra relevancia en el contexto de la extinción de organismos autónomos y reguladores impulsada por el gobierno de López Obrador, una de las decisiones más combatidas en tribunales por el sector privado. Durante años, las empresas apostaron a que la fragmentación institucional y los vacíos normativos permitirían mantener esquemas tarifarios favorables y limitar la capacidad del Estado para conducir el sector.

El fallo de la Corte fue claro: la coordinación no es inconstitucional y la política pública no es un estorbo para la regulación técnica, sino su marco de referencia legítimo. Además, sienta un precedente que debilita futuros intentos de impugnación basados en la supuesta intromisión del Ejecutivo en áreas estratégicas.

Más allá del caso concreto, la resolución ilustra lo delgado del hilo con el que durante los últimos años se intentó frenar, vía tribunales, una reforma energética aprobada por el Poder Legislativo y respaldada por una narrativa de soberanía y control estatal.

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