Jueces especializados resolverán amparos contra registro de líneas celulares

Fecha:

  • Por mayoría de seis votos, el Pleno determinó que los juzgados especializados en telecomunicaciones deberán resolver las impugnaciones contra los lineamientos para identificar usuarios de telefonía móvil; tres ministros se pronunciaron en contra.
FELIPE VILLA

CIUDAD DE MÉXICO.- Los amparos que se promuevan contra los lineamientos para la identificación obligatoria de líneas telefónicas móviles deberán ser resueltos por juzgados federales especializados en telecomunicaciones y no por juzgados administrativos ordinarios, determinó este lunes el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Por mayoría de seis votos contra tres, los ministros resolvieron la Contradicción de Criterios 111/2026 y establecieron jurisprudencia para definir qué órganos jurisdiccionales deberán conocer las impugnaciones contra las disposiciones publicadas el 9 de diciembre de 2025.

La resolución no determina todavía si la identificación obligatoria de usuarios de telefonía móvil es constitucional, sino que establece la ruta que deberán seguir los litigios contra la medida: los casos quedarán concentrados en juzgados especializados con sede en la Ciudad de México y jurisdicción en todo el país.

La controversia llegó a la Corte debido a que distintos tribunales colegiados habían sostenido criterios opuestos para resolver casos similares.

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Por un lado, tribunales especializados en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, así como otro tribunal administrativo, determinaron que los casos correspondían a los juzgados especializados.

En sentido contrario, otros tribunales colegiados de la Región Centro-Norte consideraron que los asuntos debían ser conocidos por juzgados de distrito administrativos de competencia genérica, al estimar que el problema central estaba relacionado con identificación de personas y protección de datos personales, y no necesariamente con aspectos técnicos de telecomunicaciones.

El proyecto de sentencia de la ministra Yazmín Esquivel Mossa concluyó que los amparos sí deben quedar en manos de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, ubicados en la Ciudad de México, pero con jurisdicción nacional.

De acuerdo con el documento aprobado, los lineamientos involucran cuestiones relacionadas con identificación poblacional, tratamiento de datos en el registro de líneas telefónicas móviles, obligaciones de los prestadores del servicio y consecuencias derivadas de su implementación.

La mayoría consideró que esos elementos mantienen una relación directa con el sector de telecomunicaciones y requieren conocimientos técnicos especializados para resolver las demandas de amparo.

Con ello, la Corte estableció como criterio jurisprudencial que la competencia para conocer los amparos indirectos promovidos contra dichos lineamientos corresponde a esos órganos especializados.

La determinación dividió al Pleno. Las ministras María Estela Ríos González y Lenia Batres Guadarrama, así como el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García, votaron en contra del criterio aprobado.

Ríos González sostuvo que el hecho de que los lineamientos hayan sido emitidos por una autoridad reguladora del sector no significa automáticamente que cualquier impugnación deba ser atendida por juzgados especializados, ya que, a su juicio, debe analizarse la naturaleza material del acto reclamado.

La ministra argumentó que los lineamientos regulan fundamentalmente mecanismos para identificar usuarios, vincular y desvincular líneas telefónicas, validar identidades y tratar y resguardar información personal.

Desde esa perspectiva, consideró que el problema está estrechamente relacionado con privacidad, protección de datos personales e identificación de personas, materias que pueden ser estudiadas mediante herramientas ordinarias del derecho administrativo y constitucional sin necesidad de conocimientos técnicos especializados en telecomunicaciones.

Ríos González advirtió sobre las consecuencias prácticas del criterio aprobado, al considerar que concentrar los litigios en juzgados especializados con residencia en la Ciudad de México podría dificultar a usuarios de otras entidades el acceso a una justicia pronta y expedita.

La ministra sostuvo que el criterio podría afectar el derecho de acceso a la justicia reconocido constitucionalmente para personas que pretendan combatir los lineamientos desde otros puntos del país.

Finalmente votó contra el proyecto y anunció un voto particular. Batres Guadarrama también anunció voto particular, mientras Guerrero García se manifestó igualmente en contra.

El criterio de fondo fue respaldado por Sara Irene Herrerías Guerra, Irving Espinosa Betanzo, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Figueroa Mejía y el presidente Hugo Aguilar Ortiz.

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