Investigan protección de FGR a rumanos

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Investigan protección de FGR a rumanos
  • El Comité de Transparencia de la FGR negó reiteradamente a las instancias jurídicas del país todas las solicitudes de información referentes a Florian Tudor.
ÉDGAR FÉLIX

CANCÚN, Q, ROO.- Siempre, el pleno del Comité de Transparencia de la Fiscalía General de la República (FGR) negó reiteradamente a las instancias jurídicas del país todas las solicitudes de información referentes al líder de la banda de la Riviera Maya, Florian Tudor, porque consideró que es “información clasificada como confidencial”.

Asuntos como el número de solicitudes del caso de asistencia jurídica formuladas por el FBI a la FGR o la fecha en que se recibió la solicitud de extradición del presunto delincuente, ni siquiera fueron entregados.

Ahora que el Ministerio Público Federal retomó las investigaciones de la FGR en 2019 en contra de Florian Tudor, por presuntas anomalías cometidas por elementos de la Policía Federal Ministerial y de funcionarios de la delegación en Quintana Roo, más los que resulten responsables, todas estas posibles irregularidades del caso integradas en las carpetas FED/VG/UNAI-QR/0000426/2019 y FED/FECC/UNAI-QR/0000287/2019 deberán aclararse.

Entre estas revisiones deberán considerarse los siguientes folios de solicitudes presentadas al Comité de Transparencia con los números 0001700763620, 0001700776120, 0001700776320, 0001700776220, que hacen referencia a las carpetas de investigación que se reabrieron en este caso y que tocará a la Fiscalía Anticorrupción transferir a la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo la indagatoria iniciada en 2019, la cual tuvo su origen en la Visitaduría General, para investigar presuntas anomalías.

Las solicitudes negadas reiteradamente por el Comité de Transparencia de la FGR, bajo argumentos legales en extensas argumentaciones y tesis, solicitaban asuntos como “me informe la fecha en que se recibió la solicitud de extradición en nombre del ciudadano rumano Florian Tudor. Favor de precisar el estatus que guarda la presente solicitud”. O bien, “Los nombres de las dependencias que solicitaron la asistencia internacional”.  

El Comité de Transparencia respondió siempre que en el marco de lo dispuesto en los artículos 65, fracción II, 102 y 140 de la LFTAIP, el Comité de Transparencia por unanimidad confirma la confidencialidad del pronunciamiento institucional respecto de afirmar o negar la existencia o inexistencia de algún tipo de investigación en contra de la persona física aludida en la petición; con fundamento en el artículo 113, fracción I de la LFTAIP. Además de otras cuatro y hasta seis páginas llenas de argumentaciones para negar las peticiones.

Por ejemplo, la solicitud 0001700776120, bajo la síntesis probable línea de investigación en contra de una tercera persona solicitaba: “el número de solicitudes de asistencia jurídica internacional formuladas por el FBI a la FGR en relación con la operación de la banda criminal transnacional liderada por el rumano Florian Tudor, durante el periodo comprendido entre enero de 2019 y la fecha en que ingresó esta solicitud”. 

“Por cada solicitud de asistencia, favor de precisar la fecha y el objeto general de la solicitud (como puede ser obtener información diversa, recabar información bancaria, obtener información de una persona física o moral, recabar declaración, entre otros), tal como lo respondió la propia FGR a la solicitud similar con folio 1700123619. No estoy solicitando datos que actualicen los supuestos de información clasificada como reservada por lo que requiero que la información me sea proporcionada tal como se solicita. Gracias”. La negativa fue rotunda. 

La solicitud 0001700776220 que da seguimiento a la carpeta de investigación FED/QR/CUN/0000151/2019 iba en el mismo sentido que la anterior (0001700776120), sólo con el cambio de información en viceversa; es decir “el número de solicitudes de asistencia jurídica internacional que recibió la FGR por parte de las autoridades de Estados Unidos en relación con la carpeta de investigación FED/QR/CUN/0000151/2019. Favor de precisar 1 los nombres de las dependencias que solicitaron la asistencia internacional. 2 la fecha en que se solicitó cada petición. 3 el tipo de información solicitada en cada petición (objeto de la solicitud). 4 Estatus (cumplida satisfactoriamente, incumplida, desahogada, pendiente)”.

“Y ahora con la anotación: ‘La información tal cual se solicita debe ser proporcionada toda vez’ que en solicitudes de información que he hecho anteriormente sobre otras carpetas de investigación, la FGR me ha respondido exactamente la misma información requerida respecto a las solicitudes asistencia jurídica internacional. Es el caso de la solicitud con número de folio 1700123619. Gracias”. 

La respuesta siempre fue negativa bajo extensos argumentos, artículos y leyes de todo tipo. Con la reapertura de las carpetas de investigación del caso de la banda de rumanos de la Riviera Maya y que derivaron en indagatorias contra servidores públicos por la presunta comisión de abuso de autoridad y supuesto ejercicio indebido del servicio público, han establecido que en la red de protección de los presuntos delincuentes surgieron nombres de funcionarios municipales y estatales, vinculados con partidos políticos y también con cuerpos policiacos de Quintana Roo.

Durante 2020 se indagó al ex delegado del Ministerio Público Federal en Quintana Roo, Javier Ocampo García, y este caso ha trascendido como una posibilidad de llevar a juicio a funcionarios locales no por abuso de autoridad, sino por la falta de persecución de los delitos de narcomenudeo, tráfico de personas y financieros cometidos por integrantes de la mafia rumana.

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