- La empresa Intelligencia México S.A. de C.V. promovió un incidente de inejecución de sentencia mediante el cual alegó un presunto desacato del ayuntamiento benitojuarense para cumplir el fallo judicial.
EMILIANO GALLO
CANCÚN, Q. ROO.- En lo que se considera como un nuevo revés legal al ex alcalde Carlos “N”, la justicia federal determinó que la empresa Intelligencia México S.A. de C.V. no puede operar en exclusiva la concesión para la recolecta y transporte de basura en el municipio de Benito Juárez mientras siga sin cumplir con los requisitos establecidos en el contrato para prestar de manera eficiente este servicio, como es la capacidad para cubrir las 112 rutas establecidas y el contar con los 60 camiones estipulados en el contrato.
La empresa Intelligencia México S.A. de C.V. promovió un incidente de inejecución de sentencia mediante el cual alegó un presunto desacato del ayuntamiento benitojuarense para cumplir el fallo judicial que le reconoce la exclusividad y por lo mismo solicitó la destitución de los funcionarios responsables.
Sin embargo, el Juzgado Cuarto de Distrito del Vigésimo Séptimo Circuito rechazó que las autoridades municipales hayan incumplido de forma contumaz y deliberada con el mandato judicial, por lo que negó dar vista al Ministerio Público Federal para que procediera al cese inmediato de las autoridades renuentes.
“No hay razón legal para acordar de conformidad lo solicitado por la apoderada de la parte quejosa, en el sentido de dar vista al Fiscal del Ministerio Público Federal, toda vez que hasta este momento procesal, no se advierte un desacato contumaz y deliberado por parte de las autoridades responsables en el presente asunto relacionado con el cumplimiento de la sentencia definitiva, pues las mismas han informado y remitido las constancias de las gestiones realizadas a fin de dar cumplimiento a dicha medida precautoria”, razonó el juez Ricardo Ruiz del Hoyo Chávez.
En el mismo recurso legal Intelligencia México denunció que el ayuntamiento retuvo varios de sus camiones de limpia para que no pudieran brindar el servicio, además de que tampoco le habían cumplido con los pagos atrasados, sin especificar la cantidad.
En respuesta, el juez precisó que las unidades recolectoras no están retenidas por prestar el servicio como dolosamente lo denunció la concesionaria sino porque están circulando al margen de la ley, sin cumplir con el Reglamento de Tránsito, como lo comprobó la autoridad municipal.
“Respecto a los hechos a que hace referencia, dígasele que tiene a salvo sus derechos para acudir ante las instancias correspondientes, ya que tales hechos se refieren a la detención de sus unidades recolectoras por parte de elementos de tránsito municipal, por incumplir la normativa de la materia; siendo que la suspensión emitida en este asunto, no podría tener el alcance de permitir la circulación de unidades recolectoras al margen de las disposiciones de tránsito aplicables, razón por la cual tampoco es viable que el suscrito ordene la devolución de la unidades”.
Y en torno a la supuesta falta de pagos atrasados, el juez aclaró que no había tales, a excepción del correspondiente al mes de julio que va corriendo y aún no concluye por lo que no se le puede pagar anticipadamente. “El 18 de junio se agregó el escrito presentado por el Síndico Municipal y apoderado legal del Ayuntamiento de Benito Juárez, mediante el cual informó que el diecisiete de junio del presente año, la Tesorería Municipal de Benito Juárez, Quintana Roo, realizó el pago de $10’210,372.86 (diez millones doscientos diez mil trescientos setenta y dos pesos 86/100 moneda nacional), a la cuenta del fideicomiso Banorte F/750179, de acuerdo al reporte de toneladas recolectadas de SIRESOL y la Dirección de Limpia del Municipio de Benito Juárez”, dispuso el juzgador.
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