Congeló Congreso revocación Vs Nivardo

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Congeló Congreso revocación Vs Nivardo
  • En una reunión se avaló el cumplimiento de los requisitos legales básicos para iniciar al trámite de procedencia contra Nivardo Mena, y se votó en un sentido positivo, además se ordenó notificar al alcalde casi saliente del inicio del procedimiento en su contra.
MARCO ANTONIO BARRERA

CHETUMAL, Q. ROO.- La solicitud de revocación de mandato contra el exalcalde del Municipio de Lázaro Cárdenas, Nivardo Mena, permaneció en la congeladora casi dos años hasta que un juez federal ordenó a la Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Quintana Roo subsanar la omisión de acordar el dictamen de procedencia.

La aprobación de los diputados locales que finalmente ratificó el inicio del procedimiento que podría separar del cargo al petista, ocurrió el día siguiente que venció el plazo legal decretado por el Juzgado Tercero de Distrito para resolver “de inmediato” la petición formulada por seis regidores.

Con el dictamen aprobado de forma unánime por los diputados Kira Iris San, Carlos Rafael Hernández Blanco y Edgar Humberto Gasca Arceo se abrió la puerta al proceso legislativo de separación del entonces presidente municipal, pero ocurrió 20 días antes de concluir su mandato.

De acuerdo con el juicio de amparo 27903913 interpuesto por los regidores Leticia Alcocer Ávila, Lourdes del Socorro Deinis Lugo, Rubén Álvarez Mendoza, María Trinidad García Arguelles, María Elena Ruiz Molina y Fabiola Ileana Cervera Vidal, segundo, cuarto, quinto, séptimo, octavo y noveno de la administración municipal 2018-2021, respectivamente, los diputados locales incurrieron en la “omisión de acordar la demanda de revocación de mandato”.

Los ex integrantes del cuerpo edilicio habían acusado al ex munícipe (desde el 16 agosto de 2019), de ser omiso, negligente e incumplido con sus atribuciones encomendadas y de incluir en su plantilla a Fidenccio Kau Grinda como primer regidor, a pesar de que contaba con una inhabilitación para ocupar cargos públicos por cinco años.

Igualmente, lo señalaron como responsable de realizar una campaña de desprestigio contra los regidores que lo denunciaron, pero también por nepotismo, desvío y manejo indebido de recursos públicos, falta de rendición de cuentas en la contratación de una empresa para el servicio de recolección de basura en Isla Holbox y de un supuesto proselitismo y desvío de recursos a través de una Fundación denominada Nivardo Mena.

La omisión de los legisladores por atender con prontitud el asunto se comprobó al archivar el caso después de que fue presentado (16 de agosto de 2019) y ratificado (20 de agosto), a pesar de que se integró para trámite el expediente RM-01/2019.

La primera reunión de la Comisión de Justicia donde se analizó por primera vez el caso ocurrió el 10 de marzo de 2020, una semana antes de que los ex regidores interpusieron el juicio de garantías por probables actos omisivos (16 de marzo 2021).

Al día siguiente de que fueron solicitadas las medidas cautelares a través de la representante común Leticia Alcocer Ávila, los legisladores se reunieron con los quejosos para informarles del expediente.

Al amparo admitido el 19 de abril, siguió la sentencia definitiva que favoreció a los quejosos al dictarse el 24 de junio, mediante una resolución que se notificó a la Comisión de Justicia de la Honorable XVI Legislatura del Estado de Quintana Roo y a su presidenta Kira Iris San. El fallo fue para que “de inmediato provea sobre la demanda de revocación de mandato presentada el 16 de agosto de 2019”.

Igualmente, se impuso un requerimiento de cumplimiento antes del 9 de agosto de 2021, y emplazó a los legisladores a contestar la notificación en un plazo de 24 horas apercibidas de que ante su incumplimiento se les impondría una multa de 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (de 89.62 pesos por unidad), equivalente a ocho mil 962 pesos, según la notificación del 29 de julio del presente año.

Ya con el ultimátum, la presidenta de la comisión legislativa remitió el dictamen propuesto con el que se justificó se pretendía dar cumplimiento al amparo, en una reunión vía remota por videoconferencia programada para el pasado 10 de agosto.

En la citada reunión se avaló el cumplimiento de los requisitos legales básicos para iniciar al trámite de procedencia contra Nivardo Mena, y se votó en un sentido positivo, además se ordenó notificar al alcalde casi saliente del inicio del procedimiento en su contra. El caso judicial se cerró luego de que ayer jueves se notificó a la parte quejosa que la sentencia había sido cumplida en sus términos, sin defectos ni excesos.

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