Logró FBI bloquear cuentas a ex fiscal Jonathan Medina Nava

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Logró FBI bloquear cuentas a ex fiscal Jonathan Medina Nava
  • El ex agente del Ministerio Público pretendió revertir el embargo ejecutado en sus cuentas de banco, una radicada en HSBC y otra en Inbursa, mediante un amparo que tardó en resolverse nueve meses.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- El bloqueo de las cuentas bancarias del ex fiscal del Ministerio Público, Jonathan Medina, fue legal porque proviene de una solicitud internacional del Buró Federal de Investigaciones (FBI, por sus siglas en inglés).

Un juez federal resolvió que la inclusión del ex funcionario ministerial en el listado 110/F/B/978/2021 (del 4 de febrero) generado por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), proviene de un procedimiento de investigación del Departamento de Justicia de los Estados Unidos.

De la investigación internacional se solicitó el embargo financiero de 20 personajes que integran una supuesta red de políticos y ex servidores públicos ligados a la mafia rumana en Quintana Roo, entre los cuales está Medina Nava.

El ex agente del Ministerio Público pretendió revertir el embargo ejecutado en sus cuentas de banco, una radicada en HSBC y otra en Inbursa, mediante un amparo que tardó en resolverse nueve meses.

El juicio de garantías 27647835 fue interpuesto 20 días después de que se dictó el aseguramiento (24 de febrero), el cual recayó para su análisis en el Juzgado Tercero de Distrito con sede en Quintana Roo.

Como parte del análisis jurídico, al quejoso le fueron negadas medidas cautelares provisionales y definitivas, y posteriormente se dictó una sentencia definitiva que validó a las anteriores, el 12 de noviembre del presente año.

La relevancia del caso del ex fiscal obedece a que, por primera vez en una versión pública de una sentencia jurisdiccional relacionada al bloqueo bancario de personajes vinculados a la mafia rumana, se reconoce que la medida obedeció a una solicitud de asistencia internacional generada por la investigación del FBI.

En la sentencia de amparo, la secretaria en funciones de jueza, Eulalia Beatriz Massa Poot, estableció que la medida se sustentó en el “Acuerdo del titular de la Unidad de Inteligencia Financiera por el que se designan personas bloqueadas de conformidad con los parámetros que establecen los instrumentos internacionales y la legislación”, con el objetivo de combatir y prevenir la comisión o continuación del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

“El motivó que generó la emisión de la lista de personas bloqueadas, entre las que se encuentra el quejoso tiene origen internacional y proviene del procedimiento de investigación formulado por el Departamento de Justicia de Estados Unidos FBI (por sus siglas en inglés), vinculado con el cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por nuestro país”.

La negativa de levantar el aseguramiento bancario contra Jonathan Medina fue contra una tarjeta de débito del banco HSBC y otra de crédito de la SOFOL Inbursa.

En el fallo jurisdiccional se reconoció que el Estado mexicano asumió el compromiso internacional de adoptar medidas de acción rápida y eficiente, como son resoluciones de organismos internacionales o agrupaciones intergubernamentales, cuyo efecto es identificar y congelar bienes relativos al lavado de activos, al financiamiento de terrorismo y de proliferación de armas de destrucción masiva.

La sentencia contraria al quejoso le impide realizar actos, operaciones o servicios, abrir nuevas cuentas, cancelar las vigentes y disponer de recursos en los que aparezca como titular, cotitular, firmante y/o autorizado, fideicomitente, representante legal y/o apoderado, beneficiario y/o fideicomisario.

Medina Nava trató acusó como responsables a 21 autoridades diversas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, UIF, la Fiscalía General de la República y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, pero se sobreseyó el caso contra 18 al comprobarse que fueron ajenas a la petición internacional, mientras que se negaron medidas las cautelares contra las autoridades restantes.

Uno de los argumentos utilizados por Medina Nava fue que con la medida se “violó el interés superior de sus menores hijos, en atención a que es obligación del estado privilegiar la seguridad de los menores de edad y al bloquear sus cuentas no puede acceder a los recursos necesarios para garantizar la subsistencia de aquellos”.

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