Viola legalidad prisión a Lozoya.- magistrada

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Viola legalidad prisión a Lozoya.- magistrada
  • Un tribunal federal ordenó a un juez de control resolver de nueva cuenta si Lozoya debe o no continuar sujeto a la prisión preventiva.
ABEL BARAJAS / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Al estimar que la prisión preventiva dictada a Emilio Lozoya viola su derecho a la legalidad, un tribunal federal ordenó a un juez de control resolver de nueva cuenta si el ex director de Pemex debe o no continuar sujeto a la prisión preventiva justificada por el caso Odebrecht.

Por instrucciones de Isabel Porras Odriozola, Magistrada titular del Tercer Tribunal Unitario Penal de la Ciudad de México, este miércoles a las 13:30 horas se llevará a cabo la audiencia en la que se definirá si el ex director de Pemex continúa o abandona el Reclusorio Norte.

“La resolución que se analiza carece de debida motivación, congruencia y exhaustividad, en contravención a lo dispuesto por el artículo 16 constitucional, lo que desde luego impactó en el sentido del fallo. La normativa transcrita contiene el derecho fundamental de legalidad, el cual establece como uno de los elementos esenciales de todo acto de molestia, que esté fundado y motivado”, dice la sentencia de Porras a la que REFORMA tuvo acceso.

“Nada expresó (el juez) para motivar por qué a su consideración existe o subsiste un nivel elevado de cautela (la necesidad de privarlo de la libertad en el proceso), principalmente porque en el artículo 168 del citado Código Nacional se encuentran los factores que el juzgador debe considerar para tasar, de cierta forma, la posibilidad de que el imputado se sustraiga de la acción de la justicia”.

A diferencia del caso Agronitrogenados, donde la semana pasada otra magistrada ordenó la libertad de Lozoya, en este asunto Porras puntualiza que el Juez Zúñiga Mendoza, a la hora de pronunciarse de nueva cuenta, tiene la libertad de jurisdicción para liberar al procesado o volverle a imponer la prisión preventiva.

Lozoya sólo abandonaría la cárcel si, en la audiencia de este miércoles, el Juez Zúñiga da un giro de 180 grados y decide fallar la medida cautelar en el sentido contrario a como lo resolvió hace poco más de dos meses.

Esto es así porque el ex funcionario ya tiene el camino zanjado por lo que toca a la medida cautelar en su otro proceso.

Apenas el pasado jueves, Gabriela Guadalupe Rodríguez Escobar, titular del Primer Tribunal Unitario Penal en la Ciudad de México, dejó sin efecto la prisión preventiva que el mismo juez le impuso el 10 de noviembre pasado al procesado en el caso Agronitrogenados.

De acuerdo con el fallo, el juez de control deberá subsanar varios aspectos que soslayó en el dictado de la prisión preventiva del pasado 3 de noviembre, como por ejemplo tomar en cuenta y responder todos y cada uno de los argumentos de la defensa y del propio procesado.

Uno de ellos es que no hay diferencia en el estatus del procedimiento desde el 29 de julio de 2020 -cuando lo vincularon a proceso- hasta la fecha en que lo encarcelaron, porque estaba en la etapa de investigación complementaria.

Otro alegato es que no han variado las condiciones objetivas que justificaron la prisión preventiva, como son el acceso a recursos económicos y los vínculos familiares.

En el caso de las redes familiares, la magistrada cuestiona que en un primer momento el juzgador haya descartado como argumento que Lozoya tiene un padre que ocupó un alto cargo de Gobierno y que podría facilitarle sus relaciones para sustraerse de la justicia.

Y después, que ese mismo argumento haya sido considerado en “una valoración libre y lógica” para concluir que subsiste un tema de red de ayuda familiar o una red de lazos familiares en México y Estados Unidos, y como consecuencia, que le impusieran la prisión.

Lozoya está procesado en el caso Odebrecht por los delitos de asociación delictuosa, cohecho y lavado de dinero.

La imputación original radica en que directivos de la constructora brasileña lo sobornaron con al menos 10.5 millones de dólares para conseguir los contratos de obra en la Refinería de Tula, Hidalgo.

Sin embargo, en su escrito de acusación, la FGR dejó fuera las operaciones financieras que ya no podían ser sancionadas por prescripción y señaló sólo 6 millones de dólares de sobornos y un lavado de un millón 385 mil dólares.

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