Busca ‘Apiqroo’ retirar concesión

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Busca ‘Apiqroo’ retirar concesión
  • Apiqroo tiene emplazada legalmente a Puerto Mujeres S.A., por el incumplimiento de diversas obligaciones contractuales de pagos trimestrales.
MARCO ANTONIO BARRERA

ISLA MUJERES, Q. ROO.- La Administración Portuaria Integral de Quintana Roo (Apiqroo) busca rescindir un contrato de uso y aprovechamiento de zona marítima a la empresa Puerto Mujeres, S.A. de C.V. en el municipio de Isla Mujeres.

A la moral la tiene emplazada legalmente por el incumplimiento de diversas obligaciones contractuales de pagos trimestrales, a cuyos montos se han acumulado créditos por el Impuesto al Valor Agregado (equivalente al 16 por ciento del monto bruto adeudado), intereses moratorios, importes generados en el juicio y el pago de gastos y costas.

El caso forma parte del expediente 27014270 radicado en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, con residencia en Cancún, Quintana Roo, desde el 4 de septiembre de 2020.

El reclamo de la Apiqroo tiene que ver también con la exigencia de la devolución y entrega de los bienes inmuebles relacionados al contrato de cesión parcial de derechos y obligaciones número API-OIM-REG-050-119A-09 y del convenio modificatorio API-OIM-REGCM-10-002-CCP-119A-02 registrados ante la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

En la cláusula primera del documento en disputa se establece que a la moral Puerto Mujeres se le autorizó afectar mil 905 metros cuadrados (m2) de zona marítima para construir obras de protección, de las cuales 945 m2 corresponden a un rompeolas norte y 960 m2 a un rompeolas sur.

Además, obras de dragado de construcción en una superficie de 70 mil 980 m2 en la parte norte de Playa Mujeres (en Bahía de Mujeres), localizada en Punta Sam, en la parte continental de la isla.

La secretaria y encargada de despacho del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Mercantil, Especializado en Juicios de Cuantía Menor, Cinthia Alicia Chávez Juárez, quien fue la primera en conocer el caso, declaró originalmente la improcedencia del reclamo legal al carecer el órgano jurisdiccional de competencia legal.

En un primer resolutivo (25 de septiembre de 2020) se estableció que la naturaleza del contrato era mercantil y debía ser resuelto por instancias administrativas, ante lo cual la AGIPRO manifestó su inconformidad mediante un amparo directo interpuesto en el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, que al resolver el expediente 27231546 validó el carácter mercantil del caso y dio entrada a la demanda el 8 de octubre de 2021.

La moral emplazada igualmente en desacuerdo interpuso también otro recurso legal, a través del cual pidió la cancelación de los referidos acuerdos siempre y cuando le fueran devueltos los pagos “indebidos” realizados como contraprestaciones hasta el tres de mayo de 2017, además de añadir a sus demandas el pago de daños, perjuicios, gastos y costas.

El magistrado del Segundo Tribunal Unitario, José Antonio Belda Rodríguez, que conoció la petición resolvió (en el juicio 29353915) infundado el reclamo y validó el juicio oral mercantil interpuesto por la APIQROO mediante una resolución el 30 de enero pasado.

El caso se debate actualmente en una solicitud de convocar a peritos para analizar la concesión otorgada originalmente del recinto portuario y de las áreas fuera del mismo contenidas en el plano número DGP.-CATASTRO I. MUJERES 2007.01, clave I.M./GRAL/00, denominado “Catastro de Instalaciones Isla Mujeres, Q. Roo”, que data de agosto de 2007.

La concesión otorgada a favor de la Administración Portuaria Integral de Quintana Roo para la administración de los puertos de Quintana Roo, le concedió en Isla Mujeres el muelle de madera, la terminal de transbordadores y la terminal portuaria Sur (muelle de concreto) mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de agosto de 1994.

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