Dan patria potestad a padre violentado

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Dan patria potestad a padre violentado
  • El empresario aportó evidencias y elementos suficientes para que se resolviera a favor de sus dos hijos y le concedieran la patria potestad.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- En una resolución inédita de la justicia familiar oral del estado de Quintana Roo que protegió el interés superior del menor, y que después se validó en el ámbito federal, el empresario Sergio León Cervantes logró que la balanza de la justicia se inclinara a favor de sus hijos y él como poseedor legítimo de la patria potestad.

Para que obtuviera provisionalmente el cuidado de los dos menores de edad (desde el 17 de marzo pasado) en tanto se resuelven las etapas siguientes al divorcio, la justicia aplicó el penúltimo párrafo del artículo 814 del Código Civil de Quintana Roo, el cual establece que en caso de que infantes menores de 12 añossean sujetos de violencia familiar, estos deberán quedar al cuidado de la madre, excepto cuando sea esta quien la origine.

En este punto, el empresario aportó pruebas y los jueces valoraron los avances de un par de carpetas de investigación, en una de las cuales pesan indicios por la falta de atención de la madre a sus hijos, lo cual podría configurar probables hechos del delito de violencia familiar contra su ex pareja.

La madre de los menores se ha presentado ante la opinión pública con expresiones de ‘Me divorciaron’ y ‘Me quitaron a mis hijos’, pero en el juicio que disolvió el vínculo matrimonial y la separó de los niños consta que ella decidió no asistir ni aportar pruebas a su favor, a pesar de estar notificada y agotarse los plazos legalmente establecidos. 

Ante la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Mujer y por Razones de Género ante la Fiscalía General del Estado (FGE) de Quintana Roo, la mujer enfrenta también cargos penales por el delito de violencia familiar.

A diferencia de una denuncia que enfrenta de su ex pareja, el empresario aportó evidencias y elementos suficientes para que se resolviera a favor de sus dos hijos.

La alerta de la situación de riesgo contra los niños se encendió entre los jueces al prevenir las consecuencias de violencia familiar, de seguir bajo el cuidado de su progenitora. 

Las acusaciones contra Catalina Castro Meneses son por descuido, abandono y arranques de irá y propiciar violencia física y psicológica contra los niños de tres y nueve años de edad, pero también por ausentarse del domicilio sin causa justificada y mantener fotografías comprometedoras, audios y conversaciones con personas del sexo masculino expuestas en la tableta escolar de uno de los menores, entre otras causas.

En la resolución legal favorable a Sergio León se estableció que las circunstancias de los infantes en el matrimonio fueron de ‘descuido’ lo que comprometió su salud emocional y física.

Igualmente, que con su ex pareja el ambiente prevaleciente en su entorno ‘no es el más propicio para el desarrollo integral de su personalidad`.

El empresario obtuvo (en el caso 148/2022) la disolución legal de su matrimonio y la imposición de medidas de protección favorables, que ordenaron a la mujer dejar el hogar conyugal y en caso de incumplimiento se autorizó el utilizar la fuerza pública, el 8 de febrero pasado.

Igualmente se dictaron medidas para que se mantuviera alejada de las víctimas, con el objetivo de evitar agresiones físicas o psicológicas y actos de intimidación o violencia.

La mujer inconforme con la resolución interpuso el amparo 29499856 que recayó en el Juzgado Noveno de Distrito de Quintana Roo, donde reclamó del Juzgado Familiar que ‘sin tener elementos de convicción plenos, irrefutables y fidedignos, ha determinado de manera autoritaria separar a los menores hijos de su progenitora y enviarme literalmente a la calle, toda vez que ha ordenado que la suscrita salga del domicilio conyugal sin tener yo ningún otro lugar a donde ir. Soy madre de familia, soy de nacionalidad colombiana y no tengo parientes en esta ciudad a los cuales pueda solicitar ayuda y asilo’.

Pero en la sentencia del amparo del 31 de marzo pasado se comprobó la inexistencia de indicios que pudieran suponer alguna conducta en perjuicio de los menores, como supuestamente atribuyó al órgano jurisdiccional.

Por el contrario, se asentó que la quejosa ‘tiene la calidad de investigada por hechos posiblemente constitutivos del delito de violencia familiar cometidos en agravio de los niños’, además de indicios de desatención en su cuidado que comprometen su salud emocional y física.

El juez federal negó finalmente las medidas cautelares a Catalina Castro, al resolver que ‘contrario a lo manifestado por la parte quejosa, la autoridad responsable veló por el interés superior de los niños’.

En la argumentación jurídica se analizaron los fundamentos, motivos y las pruebas que demostraron los hechos ante el juzgado familiar, y la autoridad basó su decisión en las manifestaciones y pruebas presentadas.

El caso se mantiene en litigio, todavía resta por resolver la patria potestad y la pensión alimenticia, y las denuncias por violencia familiar radicadas con los números FGE/QROO/CAN/CJM/0127/2022 y FGE/QROO/CAN/FEDCMYRG/01/68/2022, que interpusieron Catalina Castro y Sergio León, respectivamente.

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