Declarará el INAH a Cobá como Zona de Monumentos Arqueológicos

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Declarará el INAH a Cobá como Zona de Monumentos Arqueológicos
  • Para preservar y conservar la Zona Arqueológica de Cobá, se establece como medida precautoria la prohibición de construcción y/o excavación.
OMAR ROMERO

CANCÚN, Q. ROO.- El Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) inició el procedimiento para la emisión de la Declaratoria del yacimiento de Cobá como Zona de Monumentos Arqueológicos.

La Secretaría de Cultura del gobierno de la República, a través del INAH, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo mediante el cual se comenzó este procedimiento.

Esto ya que al ser de utilidad pública la investigación, protección, conservación, restauración, recuperación y difusión de los monumentos arqueológicos y las zonas de monumentos que integran el patrimonio cultural de la nación, se debe preservar el legado que existe en la Zona Arqueológica de Cobá.

“De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, Cobá tuvo una ocupación continua desde el año 100 a. C. hasta 1450 d. C., teniendo su esplendor durante los años 300 a 900 d. C., convirtiéndolo en el asentamiento prehispánico más importante del periodo Clásico Maya en el noreste de la Península de Yucatán”, se lee en el acuerdo.

De esta manera, el polígono de protección comprende una superficie total de 267 hectáreas, 6 áreas y 38.90 centiáreas, además de los monumentos arqueológicos identificados como grupo Nohoch Mul o A; grupo Cobá o B; grupo Macanxoc o C; grupo D y conjunto de las pinturas.

Así como grupo Maya; grupo Chumuc Mul; grupo Uitzil Mul; y grupo Domingo Falcón; los cerca de 50 sacbeoob (caminos) registrados al interior de la zona y las estelas que se encuentran ubicadas en los grupos antes mencionados.

Incluso, el acuerdo estipula que, para preservar y conservar la Zona Arqueológica de Cobá, se establece como medida precautoria la prohibición para realizar cualquier tipo de construcción y/o excavación, o algún acto o actividad en el área o en los predios circundantes a esta zona que pueda afectar su conservación.

Tras el inicio de este procedimiento, se debe informar a cualquier persona que pudiera tener un interés jurídico, por medio de publicaciones que se realizará por tres días consecutivos.

Posteriormente, se concederá un plazo de 15 días hábiles a partir de la última de las publicaciones para que los interesados manifiesten ante el INAH lo que a su derecho convenga y presenten las pruebas y alegatos que estimen pertinentes.

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