Feminismos En Corto Sin Tanto Rollo

8053
Tres feminicidios

Tres feminicidios, en una semana, en Cancún

Por Haidé Serrano

¿Cuántos feminicidios son necesarios para alarmarse? En menos de una semana, se cometieron tres feminicidios en Cancún. ¿Hay sobresalto en nuestra comunidad? No. ¿Hay condena por parte de las autoridades? No. ¿Hay condolencias para las familias de las víctimas? No. ¿Hay algún compromiso público para encontrar y juzgar a los culpables? No.

Hay un gran silencio, como si no hubiera pasado nada. Un silencio cómplice.

Son tres mujeres asesinadas con violencia extrema en Cancún. Los medios de comunicación se encargaron de hacer saber a la audiencia, a través de imágenes y descripciones, los detalles de los feminicidios, sin el menor respeto por las víctimas y sus familiares, violentando así sus derechos y revictimizándoles.

La ciudad más grande de Quintana Roo, Cancún, el símbolo turístico de éxito a nivel mundial, es uno de los lugares más inseguros para las mujeres en México. Además, el municipio al que pertenece Cancún, Benito Juárez, cuenta con Alerta de Género desde el 2016, herramienta que ha demostrado ser insuficiente para erradicar la violencia hacia las mujeres.

El feminicidio es la expresión más grave de la violencia machista hacia las mujeres. Cada día, al menos diez mujeres son asesinadas con violencia en México. No todas esas muertes son investigadas como feminicidios por la resistencia, machismo y misoginia de los ministerios públicos, policías, fiscalías y jueces para reconocer este delito.

En el Código Penal Federal, el feminicidio está tipificado en el artículo 325:

“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.

Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.

Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.”

¿Cuántos feminicidios son necesarios para alarmarse? La respuesta debería ser uno. Un feminicidio debería ser suficiente para que una comunidad se movilice, tome acción y exija a los gobiernos tomar todas las acciones para que no ocurra nunca más.

@HaideSerrano conduce y produce Feminismos en Corto sin Tanto Rollo, una plataforma sobre feminismo, perspectiva de género, igualdad, derechos humanos y paz. Es autora del libro “Mujeres líderes en la pandemia”. Es licenciada en Comunicación y maestra en Género, Derecho y Proceso Penal.