Acotan el permiso para Tramo 5 Norte del Tren Maya

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Acotan el permiso para Tramo 5 Norte del Tren Maya
  • La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) avaló la viabilidad y congruencia del Tramo 5 Norte del Tren Maya.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) avaló la viabilidad y congruencia del Tramo 5 Norte del Tren Maya, pero impuso condicionantes a los trabajos que unirán Cancún con Playa del Carmen en Quintana Roo por vía férrea.

El documento resolutivo de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) determinó que el proyecto ferroviario que correrá paralelo a la Riviera Maya no compromete la integridad funcional de los ecosistemas del Sistema Ambiental Regional ni generará impactos ambientales relevantes que pudieran ocasionar un desequilibrio ecológico.

En el oficio número SRA/DGIRA/DG-04662-22 dirigido a la empresa Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V., por el director general de Impacto de Riesgo Ambiental (DGIRA), Alejandro Pérez Hernández, impuso medidas de prevención, mitigación y compensación para asegurar el mantenimiento de la biodiversidad y la rentabilidad de los recursos.

La autorización únicamente servirá, se aclaró, “siempre y cuando el proponente aplique durante su realización de manera oportuna y mediata, las medidas de prevención, mitigación y compensación señaladas en la solicitud de Manifestación de Impacto Ambiental para minimizar las posibles afectaciones de tipo ambiental que se pudieran ocasionar”.

Al proyecto insignia del gobierno federal que se construye en un tramo de 43 kilómetros entre los sitios turísticos más concurridos del estado, tendrá necesariamente que gestionar la modificación del cambio de uso de suelo sobre una superficie de 282.872 hectáreas (ha) de vegetación secundaria de selva mediana subperennifolia, ante la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos de la Semarnat.

La vigencia del permiso será de dos años para las etapas de preparación de sitio y los trabajos de construcción, y de 50 años para su operación y mantenimiento, que comenzaron a correr al día siguiente de que la empresa fue notificada con las 478 cuartillas que integran la respuesta, el pasado 19 de agosto.

Los plazos autorizados se podrán modificar con una solicitud que previamente acredite el cumplimiento satisfactorio de todos los términos y condiciones, además de que se ejecuten las medidas de prevención y/o compensación.

Y en caso de gestionar la ampliación de plazos se tendrá que acompañar de un informe con la situación del proyecto y que muestre a detalle el grado de avance alcanzado, las diferentes etapas realizadas y la situación de las condiciones impuestas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa). De no hacerlo, no procederá el trámite.

Se aclaró que el permiso únicamente será válido para aspectos ambientales, actividades constructivas y obras complementarias, pero sin que ampare otras disposiciones de las autoridades locales en materia de autorizaciones, permisos o licencias.

El salvoconducto sobre la vía general de comunicación en un ecosistema costero tampoco autoriza la construcción, operación y/o ampliación de obras o actividades no contempladas en la MIA, y obliga al promovente, en caso de desistir de algunos trabajos, a notificar para adoptar medidas que eviten alteraciones nocivas al ambiente.

En caso de que proceda un cambio de fechas, la autoridad ambiental analizará que no se causen desequilibrios ecológicos ni se rebasen los límites y condiciones estipuladas originalmente.

En el documento se menciona que el Fonatur Tren Maya podrá ejecutar los trabajos cuando presente una garantía debidamente justificada, cuyo monto se fijó en aproximadamente 200 millones de pesos, para respaldar las estrategias de control, mitigación y compensación ambiental.

Otras condiciones fueron que en un plazo de tres meses se deberá presentar un Plan de Vigilancia Ambiental que en once puntos detalle metodologías, medidas específicas de mitigación, indicadores de eficacia, análisis e interpretación de resultados, y medidas de aplicación urgente, entre otras.

Operará el mismo mecanismo para otra decena de programas, como son: Manejo integral de residuos; Conservación de suelos y reforestación; Monitoreo de la calidad del aire; Prevención, Mitigación y manejo de contingencias ambientales; Manejo de flora y de fauna; Prevención y mitigación de riesgos y Daños ecológicos potenciales ocasionados al paisaje kárstico, cenotes, cuevas y cavernas.

Además, programas de Establecimiento y monitoreo de pasos de fauna; Manejo de agua, Monitoreo e identificación de acciones de conservación de las especies de felinos, jaguar y aves; y Educación ambiental.