- Por carecer de una firma electrónica e impugnar el fallo por la vía equivocada, la Fiscalía General de la República perdió el caso.
ABEL BARAJAS / AGENCIA REFORMA
CIUDAD DE MÉXICO.- Por carecer de una firma electrónica e impugnar el fallo por la vía equivocada, la Fiscalía General de la República perdió el caso de un subsidio supuestamente ilegal de más de 12 millones de pesos contra Jaime Nova Palma, exadministrador de la Aduana de Lázaro Cárdenas, Michoacán.
Por unanimidad, del Tribunal Colegiado en Materia Penal de Michoacán confirmó en última instancia el amparo en favor de Nova y Alejandra Estefanía Rincón Alvarado, verificadora de Aduanas, en su proceso por el delito de uso ilícito de sus atribuciones y facultades.
Los magistrados desecharon la impugnación de la FGR contra el amparo concedido por un tribunal unitario, porque la Fiscalía presentó por error su recurso a través de correo electrónico, una vía no establecida por la ley, y sin la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL).
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Lo correcto debió haber sido presentar el recurso de revisión a través del Portal de Servicios en Línea, donde se requiere la firma certificada referida; sin embargo, Erika Guadalupe Hernández Hilerio, agente del Ministerio Público de la Federación de la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción de la FGR, lo hizo vía mail.
“La única forma de constatar la identificación, vigencia y autenticidad de una FIREL es mediante el uso correcto del ‘Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación’, dice el fallo de los magistrados.
“Toda vez que el recurso de revisión no se interpuso en la forma establecida en los artículos 3 y 80 analizados, en relación con la normativa del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, procede su desechamiento”.
Por ponencia del magistrado David Huerta, el colegiado también desechó el recurso de revisión presentado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), porque estimó que este organismo no tiene legitimación para inconformarse contra las sentencias de amparo y sólo puede hacerlo cuando existe un acto que afecte su patrimonio, lo cual no ocurre en el presente caso.
La sentencia deja firme el fallo dictado el pasado 31 de marzo por el Primer Tribunal Unitario de Michoacán, que ordenó en un amparo cancelar el proceso a Nova y Rincón, al estimar que la imputación de la Fiscalía carece de datos mínimos de prueba.
Nova Palma fue uno de los 32 administradores de aduanas —de los 49 en todo el país— que el SAT removió de sus cargos en abril de 2021, ante las sospechas de supuestas irregularidades administrativas y actos de corrupción.
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