Podrán Verde y PT transferir sus votos

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Podrán Verde y PT transferir sus votos
  • Morena modificó el “Plan B” del Ejecutivo para incluir prioridades del Partido Verde y el Partido del Trabajo.
CLAUDIA SALAZAR / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La reforma a leyes secundarias aprobada por la mayoría en la Cámara de Diputados permite a los partidos políticos hacer “cochinitos” con sus remanentes y utilizar esos recursos en elecciones locales y federales posteriores.

Además, tras negociaciones con sus aliados, Morena modificó el “Plan B” del Ejecutivo para incluir prioridades del Partido Verde y el Partido del Trabajo.

Así, eliminaron la prohibición para transferir votos entre partidos, para lo cual deberán celebrar un convenio de distribución de votos emitidos y les permite postular aspirantes bajo la figura de “candidatura común”.

“Los partidos políticos podrán postular candidatos bajo la figura de candidatura común. En este caso aparecerá en un mismo recuadro de la boleta electoral el logo o emblema de los partidos que decidan participar en esta modalidad. Los partidos deberán celebrar un convenio de distribución de votos emitidos”, establecen las modificaciones legales.

En contraparte con los ordenamientos que prohíben al INE crear nuevos programas o proyectos con ahorros, los partidos políticos podrán decidir si guardan sus remanentes y los utilizan en los siguientes procesos electorales.

“Los partidos políticos en caso de así decidirlo podrán utilizar los remanentes de sus recursos públicos y privados para los fines que constitucionalmente les fueron otorgados en subsecuentes ejercicios fiscales, así como también podrán utilizarlos para la elección federal o local siguiente”, señala la reforma al artículo 52 de la Ley General de Partidos Político

La reforma blinda también el registro de los partidos minoritarios, entre ellos el Verde y el PT, que ya ha perdido el registro al no alcanzar el 3 por ciento de la votación.

“Al partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro, salvo que haya conservado el registro como partido local, obteniendo al menos el tres por ciento de la votación válida emitida, en al menos la mitad más uno del total de las entidades federativas en donde se haya desarrollado elección concurrente”, plantea.

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