Niegan pensión a discapacitada

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Niegan pensión a discapacitada
  • Desacatan orden de un juzgado federal, Secretaría de Bienestar acumula más de 10 meses sin atender la resolución sobre la pensión.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- A pesar de la orden de un juzgado federal, la Secretaría de Bienestar ha negado la entrega de la pensión económica a una persona con discapacidad en el municipio de Benito Juárez.

La negativa de la dependencia federal acumula más de 10 meses desde que lo ordenó una resolución, sin que se amague a la autoridad el hacer efectivas multas económicas que han crecido de 9 mil 622 a casi 20 mil pesos, y de dar vista al Ministerio Público de la Federación por un eventual desacato.

La afectada es Jessica C. M., de 31 años de edad, quien tramitó con el auxilio legal de su tutora, María O. M., el formato único de bienestar del que se le asignó el folio 19082100070, el 11 de septiembre de 2019.

Pero las autoridades dejaron inacabado el procedimiento durante dos años y tres meses, lo cual detonó que se promoviera el juicio de garantías 29431761 ante el Juzgado Segundo de Distrito de Quintana Roo, el 27 de enero pasado.

Los beneficios económicos reclamados están previstos en el “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad”, que consisten en un apoyo bimestral de 2 mil 550 pesos.

De acuerdo con la “Nota técnica sobre la identificación de personas con discapacidad, 2020” del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el 49.5 por ciento de personas en esa condición se encuentran en situación de pobreza, mientras que sin esa vulnerabilidad es de 43.5 por ciento.

La quejosa acudió a la justicia federal donde le fue admitido un juicio de amparo y se le otorgaron medidas cautelares con una suspensión de plano, para que se le hiciera entrega del apoyo una vez que se cumpliera con las condiciones y requisitos.

En el catálogo de pensiones y programas para el bienestar se solicita a los interesados y a sus auxiliares para el registro una identificación, la Clave Única del Registro de Población, acta de nacimiento, comprobante de domicilio, certificado de discapacidad y un teléfono de contacto para dar seguimiento al trámite.

En el caso denunciado se identificó como autoridad responsable al Delegado de Programas para el Desarrollo en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Chetumal, al cual se le notificaron las medidas cautelares, el 27 de enero y después el 2 de mayo pasado.

Pero en el amparo 29431761, la afectada se quejó del incumplimiento mediante un recurso legal admitido a trámite el 20 de mayo siguiente, del cual se emplazó al funcionario a desvirtuar la acusación sin que lo pudiera refutar, pero para lo cual pidió una gracia de cinco días.

El juez federal extendió el plazo con el apercibimiento de imponer una multa de 9 mil 622 pesos, equivalente a 100 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (de 96.22 pesos cada una), el 31 de mayo.

Pero una vez más se pasó por alto concluir el trámite y al servidor público se le requirió la entrega del expediente personal de la afectada mediante el oficio BIE/100/0457/2022 y su anexo, con una nueva amenaza de multa, y después, agotado el plazo, se le dio otro ultimátum de 24 horas.

Al comprobarse la omisión se dio por bueno el recurso de incumplimiento de medidas cautelares (10 agosto), y se notificó de los hechos a los superiores jerárquicos, identificados como el director general de Operación Integral de Programas y al director general para la Validación de Beneficiarios de la Secretaría de Bienestar (14 de agosto).

Con un nuevo emplazamiento de 48 horas se demandó a los mandos superiores “acrediten haber realizado las gestiones necesarias”, lo que permitió que la quejosa fuera anotada en el Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, bajo el padrón 2532581, bajo el estado de Activo Emitible, Nueva Incorporación (26 agosto).

Antes de que fuera expedido el plástico bancario, el juzgado emitió sentencia definitiva a favor de la solicitante, el 15 de noviembre pasado.

Pero por enésima vez, la afectada se quejó del trámite inconcluso, y el juez requirió “por última ocasión” al subdirector de Amparos y Asuntos Especiales de la Secretaría de Bienestar, en representación del titular de la Unidad para la Atención de Grupos Prioritarios, el cumplimiento de la orden judicial en un plazo de 24 horas (25 noviembre).

Como parte del procedimiento se emitió la tarjeta bancaria 4915 6632 3844 1316 de Banorte, pero sin fondos, ante lo cual el juez amagó otra vez al funcionario federal con duplicar la multa a 19 mil 244 pesos, equivalente a 200 UMA, con independencia de dar vista al Agente del Ministerio Público de la Federación.

Un día antes de Navidad se impuso un nuevo plazo para que se depositara el beneficio económico, cuyo plazo vence esta semana.

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