Anulan en la Corte delito de ‘corrupción’ en CDMX

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Anulan en la Corte delito de 'corrupción' en CDMX
  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló una reforma de junio de 2021 que creó el delito de “corrupción” en la Ciudad de México.
VÍCTOR FUENTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló una reforma de junio de 2021 que creó el delito de “corrupción” en la Ciudad de México, para agravar las penas por ilícitos de funcionarios y particulares, los cuales están tipificados desde hace décadas.

Por amplias mayorías, el Pleno de la Corte invalidó casi todo el Artículo 256 del Código Penal capitalino, impugnado por las comisiones nacional y local de Derechos Humanos, debido a que su redacción es confusa y genera inseguridad jurídica.

La reforma derivó de iniciativas de la entonces Jefa de Gobierno y actual aspirante a la Presidencia por morena, Claudia Sheinbaum, así como de las diputadas morenistas Martha Ávila y Valentina Batres, a las que se hicieron cambios tanto en comisiones como en el Pleno del Congreso.

Valentina es hermana de Lenia Batres, única Ministra que votó contra el proyecto en todos los temas.

“Hoy la SCJN determinó invalidar el artículo 256 del Código Penal local que lo sancionaba. Curiosamente, lo resuelve ahora, tres años después de haberse impugnado”, cuestionó Lenia Batres en su cuenta de X.

“Esta resolución va a favorecer a quienes hubieren sido sancionados por el delito de corrupción en la Ciudad de México”.

El fallo no elimina los delitos tradicionales, que seguirán siendo sancionados, como enriquecimiento ilícito, cohecho, abuso de autoridad o tráfico de influencias, entre otros.

Luego de la aprobación de la reforma, organizaciones ciudadanas alertaron que la redacción de esta abría la puerta a la persecución penal en contra de grupos de la sociedad civil.

“Preocupa, además, la redacción tan amplia e imprecisa que describe la conducta tipificada a través del delito de ‘corrupción’ -‘(.) realice o deje de llevar a cabo lo que la ley le impone cumplir o se abstenga de realizar lo que le prohíbe, para obtener un beneficio indebido de cualquier naturaleza, inclusive económica, para sí o en favor de un tercero (.)'”, indicaron.

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