Emplaza justicia federal a Yensunni Martínez al pago de multa por desacato

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  • Durante dos años la alcaldesa pretendió evadir su responsabilidad. Le impone justicia federal multa de 29 mil pesos por incumplir fallo.
MARCO ANTONIO BARRERA

CHETUMAL, Q. ROO.- En medio del proceso electoral, Yensunni Martínez Hernández, quien pretende reelegirse como presidenta municipal de Othón P. Blanco, fue emplazada por la justicia federal al pago de una multa económica por desacato contumaz de una orden judicial.

En enero de 2023, el Tribunal Superior de Justicia del estado de Quintana Roo condenó a Martínez al pago de una sanción económica equivalente a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA), casi 29 mil pesos que debe cubrir con recursos personales, aunque en vez de cumplir recurrió al amparo ante la justicia federal, que recientemente resolvió con un fallo en su contra. 

El desacato de Martínez consistió en no instruir a su director de Obras Públicas, Jorge Domínguez Urrea, para que ejecutara sin demora otra resolución judicial pendiente y derivada de un juicio contencioso administrativo promovido por la particular Rosa Carmina Lizama Flores a quien se debía pagar una suma económica en un plazo de tres meses.

Pero Domínguez no cumplió y eso le valió una sanción económica por la cantidad de 300 mil pesos, a saldar con recursos o patrimonio propio. En vez de acatar la resolución, recurrió a la protección de la justicia federal pero no tuvo éxito.

La negativa continuó y escaló a la responsabilidad de su jefa la hoy alcaldesa con licencia.

El monto de esta multa se fundamentó y motivó con base en el contenido del artículo 167, fracción A, apartado I, del Código de Justicia Administrativa del estado, el cual establece que para asegurar el cumplimiento de las resoluciones del tribunal se impondrá a la autoridad demandada una multa de apremio de 300 a mil veces el valor diario de las Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Para determinar si se aplica el monto mínimo o el máximo se toma en cuenta la gravedad del incumplimiento, y ante una posible renuencia se aplican nuevas multas de apremio.

De persistir la conducta rebelde, la autoridad judicial está facultada para requerir la intervención del superior jerárquico, o sea a la alcaldesa Yensunni Martínez, y ante un desacato de esta se procede a imponer otra sanción, como ocurrió en el presente caso.

Martínez recurrió a la justicia federal para combatir la multa, tramitando un juicio de garantías el 12 de agosto de 2022 que le fue adverso, y posteriormente tramitó un recurso de revisión en el que alegó que el juez de Distrito “no valoró correctamente los informes justificados y de forma indebida negó el amparo en lugar de concederlo”, y que se actuó incorrectamente “porque nadie está obligado a lo imposible”.

También argumentó que la multa carecía de fundamentación y motivación legal, y era contraria a lo establecido en la Constitución General, ya que le fue impuesta como persona física y debía cubrirlo con recursos económicos propios y no con el recurso de la autoridad municipal, lo cual le causaba un agravio personal y directo, además de representar un acto de privación a su patrimonio.

Sin embargo, sus esfuerzos fueron en vano cuando el Segundo Tribunal Colegiado del Centro Auxiliar de la Octava Región desestimó su apelación el pasado 20 de abril, considerando sus argumentos como “genéricos y dogmáticos”.