Ordenan reinstalar a la presidenta del OPLE de Oaxaca

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  • Elizabeth Sánchez, presidenta del Instituto Electoral de Oaxaca.

STAFF / LUCES DEL SIGLO

OAXACA, OAX.- Luego que el Tribunal de Justicia Administrativa destituyó hace unos días presuntamente por un año a la presidenta del Instituto Electoral de Oaxaca, Elizabeth Sánchez, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó reinstalarla de inmediato.

Por unanimidad, los magistrados electorales advirtieron que el único que puede remover a que será ese organismo quien analizará el caso; por lo que se abrirá un procedimiento y determinará si es o no culpable.

“Se le ordena (al Tribunal de Justicia Administrativa) dictar una nueva sentencia en la que imponga una sanción distinta a la inhabilitación”, indica la sentencia.

Por unanimidad de votos y en sesión pública, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las sentencias dictadas por la Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca, y ordenó reintegrar a sus funciones- (SUP-JDC-565/2024 y acumulados, y SUP-JE-96/2024 y acumulado)- a la consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (Ieepco), Elizabeth Sánchez González.

Sánchez fue acusada por el Contralor Interno del OPLE de desviar 19 millones de pesos; sin embargo la consejera asegura que es mentira y que se trata de una estrategia política para quitarla del cargo.

La decisión del tribunal administrativo había causado el enojo de consejeros del INE e incluso, la semana pasada advirtieron que era ejemplo del hostigamiento y presión que estaban sufriendo autoridades electorales locales.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada Janine M. Otálora Malassis, determinaron en sesión pública que Sala Unitaria carece de facultades para imponer sanciones de inhabilitación en el ejercicio del cargo.

“Las consejerías integrantes de los organismos públicos electorales locales como parte del sistema nacional electoral, sólo pueden ser objeto de remoción mediante determinación emitida por el Consejo General del INE, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 de la Constitución general y 102, párrafo segundo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”, indicaron.

Al igual determinaron que la Contraloría vulnera el procedimiento de responsabilidad previsto en la Ley Electoral de Oaxaca, al remitir el expediente original al referido Tribunal de Justicia Administrativa, en lugar del Consejo General.

Elizabeth Sánchez ya había denunciado persecución política en su contra, especialmente de Salvador Cruz Rodríguez -quien asumió el cargo de encargado del despacho del Ieepco y ahora es contralor de la misma dependencia-.

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