Ajustan Ley de Aguas

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  • La nueva redacción garantiza, con la intervención de la autoridad, la transmisión o herencia de concesiones, con énfasis en las comunidades agrarias.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- En un intento por aquietar las protestas de productores agrícolas, que bloquearon carreteras y puentes fronterizos en últimos días, la iniciativa presidencial de reforma de la Ley General de Aguas fue modificada para dar garantías a los derechos de transmisión familiar y herencia de títulos de concesión en el campo.

Los diputados agregaron los artículos 37 Bis 1 y 37 Bis 2, para establecer que cuando se trate de transmisiones de dominio de una propiedad asociada a un título de concesión, casos de fusión y escisión de sociedades civiles o mercantiles, y en caso de que se acrediten derechos sucesorios, la Autoridad del Agua deberá resolver, en un plazo de 20 días, la reasignación de volúmenes de agua.

En estos casos, señala la propuesta modificada, se emitirá un nuevo título de concesión, el cual conservará el mismo volumen y uso.

“En la reasignación de volúmenes, ‘la Autoridad del Agua’ emitirá un nuevo título de concesión en favor de la persona que acredite los derechos de propiedad, de representación o de sucesión, según sea el caso, el cual conservará el mismo volumen y uso, así como el plazo remanente del título”, plantea.

La iniciativa presidencial original impedía que particulares transmitieran, vendieran o heredaran concesiones, como ocurre actualmente.

La nueva redacción posibilita, con la intervención de la autoridad, que se garantice esa práctica y hace énfasis en las comunidades agrarias.

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El predictamen agrega el concepto de “uso agropecuario familiar” y lo define como el sistema de producción que incluye actividades agrícolas y pecuarias, cuyo objetivo es el sostenimiento familiar.

Además, las modificaciones al artículo 49 establecen que cuando se transmita el dominio de tierras vinculadas con un título para el uso del agua, la nueva persona propietaria conservará los derechos sobre la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas correspondientes y, tratándose de actividades primarias de uso agrícola y pecuario, mientras que la combinación de éstas no implicará un cambio de uso.

También amplía de uno a dos años previos al término de su vigencia el plazo para solicitar prórrogas de concesiones y elimina la disponibilidad como uno de los criterios para decidir sobre las características en el otorgamiento de la prórroga.

En materia de sanciones, reduce las multas de un rango de 260 hasta 50 mil UMAS a entre 260 y 30 mil UMAS. Establece que en caso de reincidencia, la multa incrementará en una tercera parte los montos previstos, la iniciativa dice que aumentarán hasta por tres veces.

Las penas de prisión también se reducen de un rango de entre 1 a 12 años, a entre 3 meses a 8 años, y exceptúa de sanción a las personas que realicen esta actividad para uso personal, doméstico y agropecuario familiar.

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