- Por primera vez, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, buscan revivir un partido indígena, que perdió su registro por no alcanzar la votación requerida.
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CIUDAD DE MÉXICO.- Por primera vez, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, buscan revivir un partido indígena, que perdió su registro por no alcanzar la votación requerida.
Se trata del Partido Unidad Popular de Oaxaca, que en la elección del 2024 perdió su posición al no alcanzar el 3 por ciento de los sufragios en la renovación del Congreso local y ayuntamientos, pues llegó al 2.6 por ciento.
Tanto el Tribunal Electoral oaxaqueño como la Sala Regional Electoral Xalapa confirmaron su disolución; sin embargo, el magistrado Reyes Rodríguez propone revocar esa decisión y revalorarla con una perspectiva intercultural, ya que ese partido representa un sector vulnerable.
Durante la sesión de este miércoles, el juez electoral plantea exigir al Tribunal local que la nueva sentencia que emita deberá considerar el impacto que pueda tener con la identidad indígena, por lo que éste deberá explicar cómo articula el diálogo con esas comunidades.
“Debe documentar si las candidaturas presentadas han se han presentado con una identidad indígena o han ocupado algún cargo tradicional en los ayuntamientos en donde son postulados”, indica la propuesta de Reyes.
El magistrado asegura que deben escucharse los planteamientos del partido, como el hecho de que debe considerarse su condición de partido indígena local; la desventaja, desigualdad histórica y la falta de equidad que atravesó en el proceso y sumar los porcentajes de votación.
Esto, argumenta en su anteproyecto, pues si bien la Suprema Corte estableció el 3 por ciento como umbral para mantener el registro, no especificó que no se pueda realizar un juzgamiento con visión intercultural en un caso concreto.
“La responsable debió tomar en cuenta el nuevo bloque de constitucionalidad en materia indígena, consagrado en el artículo 2 constitucional, que otorga reconocimiento expreso como sujetos de derecho público a las comunidades indígenas y afromexicanas.
Además argumenta que: “El financiamiento que recibieron para actividades de campaña no les permitió desarrollar a plenitud las actividades de propaganda”.


