Endurecen las penas por acoso y uso de IA sin consentimiento

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  • La Cámara de Diputados aprobó dos reformas que endurecen las penas por delitos como acoso y sancionan el uso de la Inteligencia Artificial.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó dos reformas que endurecen las penas por delitos como acoso y sanciona el uso de la Inteligencia Artificial en la generación de imágenes, videos y audios de contenido sexual sin consentimiento.

La primera reforma modifica el artículo 259 Bis del Código Penal Federal y adiciona un artículo 281 Bis.

Los cambios establecen una pena de prisión de entre uno y tres años y una multa de hasta 600 días a quien acose e intimide de manera reiterada y por cualquier medio, causando a la ofendida algún daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad o altere el desarrollo normal de su vida cotidiana.

De acuerdo con la reforma, la pena aumentará cuando estas conductas deriven de relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera que implique subordinación, cuando se realice contra menores de edad, adultas mayores, con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, o cuando impliquen actos de vigilancia o seguimiento.

Tratándose de servidores públicos, agrega, además de las penas señaladas se le destituirá del cargo y se le podrá inhabilitar hasta por un año.

Actualmente, este artículo establece una sanción de hasta 800 días de multa a quien con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de ochocientos días multa.

La reforma adiciona también el artículo 281 Bis, para tipificar el acecho, las amenazas y la cobranza extrajudicial ilegal.

El texto establece una sanción de dos a cuatro años de prisión y hasta 400 días de multa a quien de manera reiterada, sin consentimiento y sin estar legítimamente autorizado, realice actos de vigilancia, seguimiento, acercamiento o contacto no deseado, de intimidación o de cualquier forma de intromisión.

El pleno de San Lázaro aprobó también modificaciones al artículo 20 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer que se sancionará la generación total o parcial de imágenes, videos o audios de contenido sexual íntimo que simulen actos sexuales o de carácter pornográfico de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización.

Las modificaciones señalan que se sancionará también la divulgación, distribución, publicación o compartición de dicho material.

Al presentar la iniciativa, la panista Annia Gómez dijo que si bien la inteligencia artificial generativa es una herramienta extraordinaria, porque puede abrir oportunidades inéditas para la educación o la medicina, cuando se utiliza para fabricar imágenes íntimas falsas, humillar, extorsionar o destruir reputaciones, deja de ser innovación y se convierte en violencia.

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