Entre maletas se aviva el pleito Profeco-aerolíneas

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Entre maletas se aviva el pleito Profeco-aerolíneas
  • La Profeco ha pedido a las aerolíneas que dejen de cobrar extra por equipaje de mano al considerar que se trata de un cargo indebido y una práctica abusiva.
SARAÍ CERVANTES / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha pedido a las aerolíneas que dejen de cobrar extra por equipaje de mano al considerar que se trata de un cargo indebido y una práctica abusiva. Aeroméxico ya cedió a detener dicho cobro, pero VivaAerobus sostiene que sus tarifas son legales.

¿Qué se estipula en la ley y cómo la interpretan los expertos? Esto es lo que dice al pie de la letra:

“El pasajero podrá llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilogramos.

“El permisionario o concesionario podrá solicitar al pasajero un pago por peso y dimensiones adicionales del equipaje de mano, pero no podrá realizar cobros por pesos y dimensiones menores a los establecidos en este párrafo”, indica el Artículo 47 Bis de la Ley cuya última reforma fue publicada en 2017.

“En caso de que el pasajero decida viajar sin equipaje, el concesionario o permisionario podrá ofertar una tarifa preferencial en beneficio del pasajero”, añade el mismo artículo en el cuarto párrafo de la fracción X.

LO QUE SEÑALA PROFECO

“Dicha práctica podría considerase abusiva, toda vez que el equipaje de mano resulta un elemento inherente al servicio de transportación aérea del pasajero, y su cobro como un servicio adicional es indebido, ya que el mismo no está sujeto a negociación”, indicó la Procuraduría el 8 de noviembre.

“Las aerolíneas no cumplen con las disposiciones porque no respetan el derecho a transportar el equipaje de mano en todas sus tarifas, puesto que el derecho lo “reconocen”, en el caso de VivaAerobus, a partir de la que denomina Viva Smart, sin embargo, oferta al mercado las tarifas denominadas Zero, Light y Extra, y en el caso de Volaris, oferta tres tipos de tarifas, Básica, Clásica y Plus, y a partir de la tercera permite el derecho mínimo establecido en la ley.

“De ahí que ambas aerolíneas no respetan ese derecho, bajo el falso argumento de que dichas tarifas implican un importante descuento al pasajero por renunciar a su derecho de portar equipaje, o que se trata de ‘tarifas limpias o económicas’. “Para sostener esa falsa premisa, interpretan erróneamente el contenido del cuarto párrafo de la fracción X del artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil”, señaló en una ficha técnica el 12 de noviembre.

Por su parte, lo que argumenta VivaAerobus es que “las políticas de equipaje de la aerolínea cumplen cabalmente con lo que estipula la Ley de Aviación Civil. La tarifa base o regular de la aerolínea, Viva Smart, incluye dos maletas de mano que suman hasta 15 kilogramos en total y 25 kilogramos de equipaje documentado, como está indicado en la regulación vigente.

“VivaAerobus también cuenta con las tarifas Zero, Light y Extra, que implican un importante descuento al pasajero por renunciar a su derecho de portar equipaje. Estas tarifas preferenciales se enmarcan bajo lo que establece la Ley General de Aviación Civil en el Capítulo X Bis de los derechos y las obligaciones de los pasajeros, Artículo 47 Bis, Apartado X, Cuarto párrafo: ‘En caso de que el pasajero decida viajar sin equipaje, el concesionario o permisionario podrá ofertar una tarifa preferencial en beneficio del pasajero’”, añadió en su postura.

Mientras que Volaris, señaló que “ofrece en todo momento al consumidor una tarifa que incluye, sin cargo adicional alguno, dos equipajes de mano que no superen 10 kilogramos en conjunto y un equipaje documentado de hasta 25 kilogramos de las medidas y dimensiones establecidas en la Ley de Aviación Civil.

“También ofrece las opciones de tarifas que permiten bajar sustancialmente los precios de los boletos para todos aquellos pasajeros que no necesitan el equipaje de mano y valoran la posibilidad de ahorrar en sus traslados.

“Todas nuestras tarifas están debidamente registradas para su comercialización ante la Agencia Federal de Aviación Civil, por lo que, contrario a la interpretación de la Profeco, Volaris no incumple de ninguna forma con lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley de Aviación Civil.

Finalmente, lo que establece la Suprema Corte es que “los pasajeros en vuelos nacionales tienen derecho a documentar en forma gratuita hasta 25 kilos de equipaje y a llevar hasta dos piezas de equipaje de mano”.

“Tratándose de vuelos internacionales, la política de equipaje debe atender a lo que dispongan los tratados internacionales específicos”, acotó la Segunda Sala del máximo tribunal del país en octubre de 2018.

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