Confirma Teqroo pérdida de registro de Fuerza por México

370
Confirma Teqroo pérdida de registro de Fuerza por México
  • El partido político pretendía que el Teqroo revocara dicha resolución y así conservar su registro como partido político local.

IGNACIO CALVA

CANCÚN, Q. ROO.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó por unanimidad de votos la pérdida de registro del partido político Fuerza por México (FxM), al resolver el recurso de apelación que presentaron en contra de la resolución 22 emitida por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo).

Dicha resolución determina los partidos que no cumplieron el requisito de haber obtenido al menos el 3 por ciento del total de la votación válida emitida en las elecciones de gubernatura y diputaciones locales en la pasada jornada electoral, y que es necesario para mantener su registro.

El partido político pretendía que el Teqroo revocara dicha resolución y así conservar su registro como partido político local, pero el Pleno calificó el primero de los agravios analizados por una parte inoperante y por la otra infundada, ya que el recurso de apelación se limitó a realizar apreciaciones subjetivas y genéricas que no controvierte las razones que sustentan la resolución.

Además, si bien el FxM aduce en su agravio una violación a la garantía de audiencia, el Pleno indicó que esta se cumplió desde el momento en que FxM registró representantes en los Consejos general y locales del propio Ieqroo, en los que tuvo oportunidad de participar en las distintas fases del proceso electoral, especialmente en el de los cómputos derivados de la jornada electoral.

Respecto al segundo y tercer agravio presentados en el recurso de apelación, en cuanto a la violación al principio de orden público e incorrecta interpretación de las normas relativas a la pérdida de registro de un partido político local, el Pleno la calificó como inoperante.

Lo anterior dado que si bien, en la demanda se precisa como acto impugnado la resolución 22 del Consejo General, se observó que el partido únicamente manifiesta que el acto que impugna es contrario al orden público, realizando una serie de argumentos doctrinales respecto a la definición de dicha figura jurídico, así como la transcripción de diversos conceptos jurídicos y otras definiciones.

Sin embargo, no se advierte que argumente de manera directa por qué considera la ilegalidad de la resolución que reclama, o bien, de qué manera se relacionan dichas definiciones que plantea en su agravio con el acto que pretende impugnar.

El Pleno determinó que la autoridad responsable correctamente consideró que al no obtener al menos el 3 por ciento del total de la votación válida emitida en las últimas elecciones, FxM debía recibir la declaración de pérdida de su registro como partido político local y, por consiguiente, sus derechos y prerrogativas.

Te puede interesar: Objetivo, acabar con la corrupción: Mara Lezama