En el limbo el Tribunal de Justicia Administrativa

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En el limbo el Tribunal de Justicia Administrativa
  • Desde 2019 el organismo autónomo ha costado 269.6 millones de pesos y mostrado baja productividad, cuyo presidente gana 153 mil pesos al mes.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- El Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) del Estado de Quintana Roo está en el limbo jurídico luego de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que juzgó inconstitucional la declaratoria de inicio de labores del organismo jurisdiccional autónomo.

En una sentencia dictada por la Segunda Sala del máximo tribunal del país que forma parte del amparo directo en revisión 5263/2019 del 17 de febrero de 2021, un particular impugnó una sentencia desfavorable del TJA que le causó agravios, esgrimiendo que este órgano actuaba al margen de la Constitución estatal porque su funcionamiento no fue autorizado por la autoridad competente para ello.

La Declaratoria 006 que puso en funcionamiento al TJA a partir de enero de 2018 fue aprobada por la Diputación Permanente en la XV Legislatura y no por la Legislatura en Pleno como establecen los requisitos constitucionales.

Para el Ministro Luis María Aguilar Morales, ponente de la sentencia, la Constitución de Quintana Roo únicamente faculta a la Legislatura estatal a emitir ese tipo de declaratorias, con lo cual se habría violado el principio de legalidad por emitir una resolución para la cual es legalmente incompetente.

Se echan la bolita

El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la inconstitucionalidad con que opera el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo, provocó opiniones encontradas entre legisladores y magistrados; hubo hasta quienes minimizaron la resolución de la Segunda Sala que en su voto concurrente dijo expresamente que todos los actos jurisdiccionales derivados de este órgano jurisdiccional ‘pueden ser invalidados, basado ello en que es inconstitucional la Declaratoria 006 de inicio de sus funciones’ a partir de 1 de enero de 2018.

Todo se derivó del amparo presentado por un particular en contra de la resolución dictada el seis de junio de 2018 por el Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Quintana Roo, en el recurso de reclamación 8/2018. El Tribunal de Justicia del Estado se declaró incompetente para conocer este asunto que después saltó a los tribunales federales donde en primera instancia el particular obtuvo la protección de la justicia, lo cual fue impugnado por el TSJ y el asunto fue atraído por la Suprema Corte la cual confirmó la sentencia favorable al denunciante.

Al ser entrevistado sobre el tema, el presidente magistrado del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Heyden Cebada Rivas minimizó el asunto y argumentó que la creación del TJA es competencia del Congreso. ‘Lo que señala la nota que salió es que en uno de los apartados hace referencia al tema (sobre la inconstitucionalidad) de la instalación (del TJA), más sin embargo no se pronuncia de manera ex profeso’, respondió al ser abordado en Chetumal por reporteros.

Pero desde el Congreso del estado, el diputado Hugo Alday interpretó que la sentencia de la Suprema Corte no determina la inconstitucionalidad del órgano autónomo en este momento ni la nulidad de las actuaciones del mismo, aunque adelantó que la Comisión de Justicia de la XVII Legislatura estará atenta a las resoluciones subsecuentes de los tribunales federales en este tema.

‘La Segunda Sala de la Suprema Corte revocó una sentencia recurrida en un amparo directo en revisión, 5263 de 2019, para efectos de que la autoridad responsable emita otra sentencia en donde determine que el quejoso presentó la demanda de origen de manera oportuna y que el conocimiento de la misma le compete exclusivamente a la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del estado de Quintana Roo’, dijo.

En la resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte, la ministra Yasmin Esquivel Mossa emitió un voto concurrente que expresamente dice lo siguiente: ’Sobre el vicio de competencia declarada por esta Segunda Sala, hago notar que todos los actos jurisdiccionales derivados de este Tribunal de Justicia Administrativa, pueden ser declarados inválidos, basado ello en que es inconstitucional la Declaratoria 006 de inicio de funciones de dicho órgano jurisdiccional’.

Si bien los alcances de la sentencia no son generales, sólo benefician al promotor de la demanda de amparo, el criterio jurídico de inconstitucionalidad de la Corte puede ser empleado en otros casos resueltos en el limbo por el TJA con amplias posibilidades de ser ganados de manera individual.     

Costo/productividad

El TJA está integrado por cinco magistrados encabezados por su presidente Jesús Antonio Villalobos Carrillo, con el cual operan cuatro salas unitarias con una plantilla de 95 plazas, de las cuales 56 son del ámbito jurisdiccional y 39 administrativos.

El Magistrado Presidente Jesús Antonio Villalobos Carrillo tiene un salario que ronda en 153 mil 674 pesos y para los magistrados Antonio Sánchez Urrutia (Primera Sala), Alfredo Cuéllar Labarthe (Segunda Sala), Isabel Cecilia González Glennie (Tercera Sala) y Mónica de los Ángeles Valencia Díaz (Cuarta Sala) es 138 mil 674 pesos, cada uno.

El sueldo asignado a los integrantes del Pleno del TJA supera a los del Tribunal Electoral de Quintana Roo, cuyo Magistrado Presidente Sergio Avilés Demeneghi obtiene una retribución bruta de 135 mil 452 pesos, y los magistrados van de 79 mil 557 pesos hasta 115 mil 486 pesos mensuales.

Desde su creación hace cuatro años, el tribunal ha costado a los quintanarroenses 269.6 millones de pesos con presupuestos anuales autorizados que han ido al alza.

En 2019 fueron 62 millones 258 mil 325 pesos, al año siguiente 68 millones 156 mil 930 pesos, y en 2021 69 millones 967 mil 447 pesos, a los que se agregaron 715 mil pesos para sumar 69.9 mdp en el presente año.

De la clasificación por objeto del gasto 2022 por servicios personales, de los 69.9 millones de pesos, 10.3 mdp son por sueldos a personal permanente y 37 mdp por remuneraciones adicionales y especiales. La cifra contrasta con 1.8 mdp para materiales y suministros y 13.9 mdp por Servicios Generales.

La oficina del Magistrado Presidente es la que tiene asignado el mayor presupuesto con poco más de 23.1 mdp, y los magistrados de la Primera Sala Unitaria en Chetumal tiene 9 mdp, de la Segunda Sala Unitaria en Playa del Carmen 8.6 mdp, de la Tercera Sala Unitaria en Cancún 8.6 mdp y de la Cuarta Sala Unitaria en Cancún, otros 8.6 mdp.

La productividad del TJA se refleja en 207 asuntos recibidos en 2021, de los cuales resolvió únicamente 161, entre recursos de reclamaciones, incompetencias, revisiones, apelaciones, facultad de atracción, excusas, conflictos competenciales, expectativas y otros de la Ley general de Responsabilidades Administrativas.

De los 46 asuntos pendientes de resolver, la tercera y cuarta sala tienen 16 cada una, y siete la primera y segunda sala, de acuerdo al informe 2021.

El TJA fue creado para resolver las controversias que se suscitan entre la administración pública estatal y municipal y los particulares, así como determinar las responsabilidades administrativas de servidores públicos vinculados con faltas graves.