Castiga el SAT simulación laboral

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Castiga el SAT simulación laboral
  • El SAT también supervisará que no haya simulación de servicios profesionales especializados, considerada un delito fiscal, advierten expertos.
AZUCENA VÁSQUEZ / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Si bien la reforma en materia de outsourcing se materializó con un enfoque laboral, no debe perderse de vista que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) también supervisará que no haya simulación de servicios profesionales especializados, considerada un delito fiscal, advierten expertos.

“Estamos viendo un doble enfoque, tanto inspecciones laborales, pero también por el lado del fisco, que no haya una simulación de servicios especializados en las empresas”, dijo Adalberto Ramos, socio de Litigio y Controversia Fiscal de la firma Garrido Licona y Asociados.

Recordó que, de acuerdo con la reforma en materia outsourcing, está permitida la subcontratación de servicios y obras especializadas que no formen parte del objeto social ni la actividad económica preponderante de la empresa.

Sin embargo, la simulación de servicios especializados se puede utilizar para evadir la responsabilidad patronal y las contribuciones respectivas, de acuerdo con la propia autoridad fiscal.

Por este motivo, desde el año pasado, se estableció en el Código Fiscal que aquel que utilice el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico) para la simulación de servicios profesionales independientes estará cometiendo una defraudación fiscal y la pena por ello será incluso mayor a la establecida para este delito.

Esta simulación se considera un delito fiscal, por lo que las implicaciones en caso de hacerlo no serán solamente en materia laboral, advirtió Ramos durante su participación en el 5º Congreso de Reformas y Cumplimiento, organizado por Thomson Reuters.

Actualmente, la pena va de tres meses hasta nueve años de prisión, según el monto de lo defraudado.

La propuesta del Servicio de Administración Tributaria contempla que estas sanciones se incrementen en una mitad cuando se utilice el nuevo Resico en la simulación señalada.

Ante ello, al beneficiario de estos servicios, la autoridad fiscal le exigirá información del proveedor de los mismos que prueben que efectivamente se realizan los mismos, resaltó Ramos.

Por eso, mencionó que es importante contar con toda la información fiscal necesaria como Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), comprobantes de pagos de nómina, comprobantes del pago de cuotas al IMSS e Infonavit.

“Información que es propiamente de terceros, entonces, sí hay que sensibilizarlos de la importancia de contar con ella. Hay que asegurarnos de tener ese soporte documental”, declaró el experto.

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