Valida juez clausura y rescate de basurero

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  • Se avaló legalmente el procedimiento de clausura del relleno sanitario de Cancún.
MARCO ANTONIO BARRERA

CANCÚN, Q. ROO.- La justicia federal respaldó legalmente el procedimiento de clausura del relleno sanitario de Cancún por incurrir en daños ambientales, y el rescate de la concesión del municipio Benito Juárez.

En una sentencia de amparo que sobreseyó una solicitud de medidas cautelares de la empresa Promotora Inmobiliaria Majahual, S.A. de C.V., se le negó la protección federal contra ambos actos administrativos en su contra.

El litigio 33092688 se radicó en el Juzgado Quinto de Distrito con sede en la entidad, en el cual se negó la suspensión provisional (1 agosto), después la suspensión definitiva (10 y 24 agosto), y finalmente se suspendió el procedimiento con un sobreseimiento, el miércoles pasado.

La disputa legal se resolvió en primera instancia en poco más de dos meses, del 25 de julio al 4 de octubre pasado, en la cual inicialmente se solicitó revertir la clausura temporal total y que después se amplió para tratar de frenar el procedimiento de cancelación del permiso.

El reclamo que se agregó más reciente fue la determinación municipal de iniciar el rescate acordado en la Trigésima Sexta Sesión Extraordinaria que tuvo carácter privado en el Ayuntamiento de Benito Juárez.

La revocación y caducidad de las concesiones de servicios públicos se encuentra prevista en el artículo 188 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo, el cual dicta que el trámite le corresponde realizar a la autoridad municipal previo cumplimiento de siete normas previstas.

En el artículo 189 del mismo ordenamiento se contempla el rescate de concesiones por causas de interés público, pero debe hacerse mediante una indemnización a la empresa que se le retire el permiso.

El juzgador federal antepuso salvaguardar el interés general de la población sobre el interés de un particular, y privilegiar el principio de precaución que rige al derecho ambiental para evitar un evento catastrófico en perjuicio de la sociedad.

Desde el inicio del juicio solicitó información al procurador ambiental del estado y al Síndico Municipal para saber si se remediaron los derramamientos y escurrimientos de lixiviados que provocaron la clausura.

La moral responsable fue constituida mediante la escritura pública 47016 ante la fe del corredor público Álvaro Roberto Baqueiro en Mérida, Yucatán, el 28 abril de 2008, propiedad de los accionistas Felipe de Jesús Guillermo Claussell y Luis Humberto Rosado Ortiz, según la inscripción registral con folio número 47016.

La paralización de las actividades del relleno sanitario de Cancún, que igualmente presta el servicio al municipio vecino de Isla Mujeres, fue ejecutada por la Procuraduría de Protección al Ambiente (PPA).

La medida ocurrió durante una visita de inspección en la que se detectó el mal manejo de mil 300 toneladas de basura diarias.

La compañía citada tramitó el amparo contra la clausura decretada en el acta de inspección PPA/DP/DIVA/DIVBVJ/0142/2023, la cual ordenó como medida de seguridad, la suspensión de actividades en el sitio de disposición final de residuos, el 14 de julio del presente año.

“Observamos que las drenes de lixiviados se encuentran obstruidos por residuos, por lo que se constataron notables desbordamientos los cuatro vasos de la laguna, también pudimos constatar que la celda emergente es inoperante y continuamos con la supervisión para determinar lo conducente”, expuso en su momento el procurador ambiental de Quintana Roo, Alonso Fernández Lemmen.

Los inspectores ambientales advirtieron que en las celdas operativas (una ordinaria y otra emergente) existían desbordamientos y escurrimiento de lixiviados, lo que se calificó como un peligro inminente para el ecosistema y la salud de la población.

En el mismo reporte se encontró que el líquido generado por la concentración de residuos sólidos podría infiltrarse en el suelo y contaminar el manto acuífero de la ciudad de Cancún y del macizo continental de Isla Mujeres.

La denuncia ambiental fue realizada originalmente por el Municipio de Benito Juárez a través de los oficios MBJ/SM/DGAJ/1818/2023 y MBJ/DGSIRS/DG/473/2023 sobre el inmueble ubicado en la parcela 196 Z 191, Supermanzana 58, Manzana 43, Lote 01 de la Zona Continental de Isla Mujeres.