Evitan a aeropuertos una doble tributación

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Evitan a aeropuertos una doble tributación
  • Diputados aprobaron una reforma fiscal para evitar una doble tributación en el pago de derechos por parte de concesionarios de aeropuertos.
CLAUDIA SALAZAR / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma fiscal para evitar una doble tributación en el pago de derechos por parte de concesionarios de aeropuertos.

Sin embargo, se mantiene un trato diferenciado entre titulares de concesiones y permisionarios del gobierno que manejan aeropuertos, como es el caso del AIFA y la terminal de Tulum, operadas por militares.

El Pleno de los diputados aprobó exentar en la Ley Federal de Derechos a los concesionarios de pagar 5 por ciento de derechos por el uso, goce o explotación de aeropuertos, de los ingresos brutos que se obtengan por esos conceptos.

Ese porcentaje se cobra a los permisionarios y asignatarios. En el artículo 232-A, se precisa que no cubrirán dicho porcentaje de 5 por ciento las personas titulares de concesiones de aeropuertos.

Lo anterior, porque en el artículo 220-A de la misma ya se determina que las personas titulares de concesiones pagarán el derecho aplicando la tasa de 9 por ciento a la suma de los ingresos brutos por servicios aeroportuarios, complementarios y comerciales.

En el dictamen se indica que con el artículo 232-A se podía interpretar que los concesionarios aeroportuarios tienen la obligación de pagar un doble derecho.

El diputado morenista Daniel Gutiérrez, quien promovió la iniciativa, señaló que la reforma dará certeza jurídica a los titulares de concesiones.

“Con la reforma referida se agrupan en un mismo capítulo los derechos que deben pagar los concesionarios, permisionarios y asignatarios, a lo que se refiere la Ley de Aeropuertos y los organismos descentralizados por el uso, goce o explotación de los aeropuertos federales.

“Si bien esta reforma contribuyó a brindar certeza jurídica para todos aquellos sujetos que tienen la obligación de realizar el pago del referido derecho, con la presente modificación se precisa y se da mayor claridad y certeza a los contribuyentes”, señaló en tribuna.

Asimismo, indicó que no se genera impacto recaudatorio, por lo que la carátula en la Ley de Ingresos 2024 permanece en los términos que se aprobó.

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