Defiende Corte su derecho de volver a revisar asunto desechado

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  • La SCJN defendió su facultad para atraer la revisión de un presunto adeudo millonario de impuestos de Femsa, pese a que antes había rechazado hacerlo.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) defendió su derecho de atraer la revisión de un presunto adeudo millonario de impuestos de la empresa Femsa, luego que ya lo había rechazado.

“El desechamiento inicial de una solicitud no impide que una parte legitimada presente una nueva petición, pues la determinación de rechazar la primera no constituye cosa juzgada”, aseguró la Suprema Corte, aunque eso no había ocurrido anteriormente.

“La presentación subsecuente de una solicitud y su análisis por el Pleno forman parte de procedimientos ordinarios, previstos en la normativa interna”, agregó en una tarjeta informativa.

El seis de noviembre pasado, ocho ministros rechazaron la solicitud de un tribunal colegiado para atraer la revisión de un monto de 2 mil 868 millones de pesos, fincado a Femsa, dueña de la cadena Oxxo, por impuestos presuntamente omitidos en el ejercicio de 2011.

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El 13 de noviembre, sin embargo, a solicitud de la ministra Lenia Batres, la única que había votado a favor, la SCJN resolvió atraer el recurso de revisión fiscal 320/2024, y la votación quedó ese día seis votos a favor y tres en contra.

En las dos ocasiones se planteó la necesidad de atraer por lo cuantioso del monto.

“¿Es procedente el recurso de revisión fiscal a fin de emitir un pronunciamiento de fondo, en caso de que la cuantía exceda el tope legal previsto, para que en adeudos fiscales de cuantía extraordinaria, se resuelvan en definitiva por el Poder Judicial Federal (PJF)?”.

Ese fue el tema expresado por el secretario general de Acuerdos de la Corte durante la sesión del 13 de noviembre.

En general, todos los asuntos que excedan de 395 mil pesos pueden ser impugnados por el gobierno ante el Poder Judicial de la Federación (PJF), cuando pierde la primera instancia en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

En primera instancia, Femsa ganó el caso en el TFJA, que en junio de 2024 anuló su presunto adeudo fiscal, por caducidad de facultades de comprobación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre una operación denominada “bono segregable”.

Y porque se estaba cobrando de nueva cuenta un monto del ejercicio de 2005 que ya había sido invalidado.

La SCJN informó que Lenia Batres hizo suya una segunda solicitud relacionada con la revisión fiscal 320/2024 del índice del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y que fue avalada por el Pleno.

“Esta determinación no constituye un pronunciamiento sobre el fondo del litigio, sino que su alcance se limita exclusivamente a definir si un asunto debe ser conocido por la SCJN, sin que ello genere efectos definitivos ni tampoco implica una revisión de la ‘cosa juzgada’“, expuso.

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