Genera dudas a empresas límites en horas extra

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  • Con la reducción de la semana laboral a 40 horas, también se estableció un límite para las horas extras, lo que ha generado dudas entre algunas empresas.
STAFF / AR

MONTERREY, NL.- Con la reducción de la semana laboral a 40 horas, también se estableció un límite para las horas extras, lo que ha generado dudas entre algunas empresas respecto a su forma de pago.

De acuerdo con la autoridad, dichas horas deben contabilizarse de manera acumulada.

Alejandro Caro, socio del área laboral y empleo de la firma EY, quien participó en el Encuentro Laboral de Canaco 2026, explicó que existen dos interpretaciones en cuanto a lo que se refiere al pago extra al triple.

Señaló que una visión considera un conteo acumulativo semanal de las primeras 12 horas, que deberán pagarse como dobles, y a partir de la hora 13 se paga triple.

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La otra interpretación considera que el límite es diario, es decir, si se trabajan 5 horas extras, las primeras cuatro se pagan como doble y la quinta hora como triple.

El experto señaló que la falta de claridad en la Ley ha generado el criterio anterior para algunas empresas.

“No aclara la Ley; porque antes de esta reforma lo que decía el artículo era que las primeras 9 horas se pagan dobles, y ahora dice (con la reforma a la Ley Federal del Trabajo) que las que excedan las horas ordinarias se pagarán dobles”, indicó.

Apuntó que en los artículos reformados se plantea un límite de 12 horas extraordinarias semanales, que podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.

“El límite al que se refiere es el de 4×4, pues la quinta hora (se pagaría como) triple; entonces, si trabajo 8 horas en un día y 5 horas (adicionales), ahí tenemos un montón de problemas con esta interpretación”, dijo.

El planteamiento anterior se menciona en los artículos 66 y 68 de la Ley Federal del Trabajo.

Antonio Guerra, director del despacho Guerra Gómez Abogados, indicó que la sintaxis legislativa no ha sido la más prolija (detallada) en el mundo legal.

Consideró que la reducción de la jornada laboral sugiere una introspectiva empresarial en cuanto a la operación.

Indicó que el doblar turnos es impensable que se pueda aplicar con el nuevo esquema laboral.

HORAS EXTRAS ACUMULADAS

Víctor Ponce, Juez de lo laboral en el Estado, quien también participó en el panel, señaló en entrevista posterior, que las 12 horas extras deben contabilizarse de forma acumulada en la semana, las cuales deben pagarse doble y las excedentes permitidas pagarse al triple.

“Vamos a suponer que ya estamos en el año 2030, donde la jornada debe ser de 40 horas; estamos hablando de que una empresa pactó una jornada de 7 horas de lunes a viernes, y el sábado las otras 5 horas.

“Estamos hablando de una jornada en la que diariamente trabaja 3 o 4 horas más; si el cómputo semanal es de 1 a 12, esas horas extras se van a pagar a salario doble, y las excedentes a razón de salario triple”, dijo.

En tanto, el Juez laboral, apuntó que si el trabajador trabaja 5 o más horas extras, la empresa podría ser sancionada.

“Si en esos días (de trabajo ordinario) le subes a 5 o 7 horas extras, pues a lo mejor ya puedes hacerte acreedor a una sanción de que no estás cumpliendo con lo que la ley dice sobre los topes mínimos”, dijo.

Víctor Ponce, agregó que el número de demandas presentadas a partir de abril, se elevó a mil demandas mensuales, cuando el promedio es de unas 700 (incremento de alrededor de 43%).

“Pienso yo que a lo mejor pudiera ser uno o dos o tres meses atípicos por el tema de que estamos en el periodo de reclamar las utilidades”, apuntó.

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