- Un Juez en la Ciudad de México ordenó a la líder nacional de Morena, Luisa María Alcalde, no difundir un video en el que aparece el empresario Ricardo Salinas Pliego.
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CIUDAD DE MÉXICO.- Un Juez en la Ciudad de México ordenó a la líder nacional de Morena, Luisa María Alcalde, no difundir un video en el que aparece el empresario Ricardo Salinas Pliego, de lo contrario podría terminar en la cárcel.
La dirigencia nacional morenista pidió al Instituto Nacional Electoral (INE) difundir sus tiempos ‘gratis’ de televisión nacional del 6 al 12 de marzo en un promocional titulado “Por el Bien”.
En este aparece la imagen del empresario en uno de sus aviones, mientras la voz de Alcalde arenga: “Hay quienes ven a México como un botín que pueden entregar”.
En el spot también está una fotografía del ex Presidente Enrique Peña Nieto con Gobernadores priistas, muchos de ellos encarcelados o señalados por algún delito.
El martes, la Comisión de Quejas del INE negó prohibir la difusión de dicho promocional, con el argumento de que no estaba dirigido a él y su imagen podía usarse por ser “persona con proyección pública”.
Sin embargo, ayer, el Juez Esteban Agustín Tapia Gaspar envió un oficio al INE en el que le advierte que determinó medidas cautelares para que dicho spot no se transmita, de lo contrario podría recibir una multa.
También aclara que ni Morena ni terceros podrán difundir dicho video en redes sociales u cualquier otro medio, salvo que eliminen la imagen del magnate.
“Se apercibe a Movimiento de Regeneración Nacional (“Morena”), que en caso de no acatar estas medidas se impondrá un arresto por treinta y seis horas a sus representantes legales, en particular a la presidenta del partido, Luisa María Alcalde Luján.
“Se ordena que las presentes medidas cautelares, se hagan extensivas a cuantos terceros difundan, transmitan, reproduzcan, publiciten o pongan a disposición del público, por cualquier medio, (el spot)”, señala.
Debido a que el INE es quien tramita la difusión de spots de los partidos políticos, el Juez le ordenó no hacerlo, de lo contrario recibirá medidas de apremio, entre ellas una multa o cárcel para el responsable.
Por ello, le dio un plazo de cinco días para que elimine el promocional, en tanto no sea modificado, del portal en el que se publican los spots de partidos políticos que se difundirán en radio y televisión.
Sin embargo, el INE advierte que el Juez no tiene competencia electoral, y la Comisión de Quejas ya emitió un acuerdo para mantener el promocional porque no es ilegal.
“(El Juez) de manera inconstitucional, ilegal y arbitraria anula la resolución emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias. Incluso, prevé un amparo en contra de la invasión a la competencia electoral por parte de una autoridad judicial en materia civil, así como un recurso de apelación.
“Se solicitaría que dada la gravedad de tal invasión competencial se ordene suspender la consecución de las providencias precautorias civiles, incluido todo acto de ejecución de lo ordenado al INE”, indicó el organismo.
También pedirán a la Sala Superior que emita una medida de protección y continuidad para garantizar el adecuado funcionamiento del modelo de comunicación política, pues los partidos tienen derecho a estos promocionales.
“Se debe informar a la autoridad judicial que existe un recurso legal para que el recurrente acuda ante la instancia judicial federal electoral a controvertir el acuerdo de la Comisión de Quejas”, agregó.


