Baja de militar por THC llega a la Corte

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  • Un resultado positivo a THC derivó en la baja de un policía militar y llevó hasta la Suprema Corte una pregunta clave: ¿hasta dónde puede justificar la disciplina castrense un trato diferente entre los integrantes de las Fuerzas Armadas?
FELIPE VILLA

CIUDAD DE MÉXICO.- Un policía militar fue dado de baja del servicio activo después de resultar positivo a tetrahidrocannabinol (THC) en una prueba toxicológica. El Consejo de Honor calificó el consumo como una mala conducta y solicitó su separación del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, determinación que posteriormente fue formalizada por la Secretaría de la Defensa Nacional.

Inconforme, el militar promovió un juicio de amparo en el que cuestionó, entre otros aspectos, la constitucionalidad del artículo 36, fracción III, de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, al considerar que vulneraba los principios de igualdad y no discriminación, progresividad y debido proceso.

El caso llegó al Pleno de la Suprema Corte mediante el Amparo en Revisión 79/2026, donde el proyecto de la ministra María Estela Ríos González concluyó que la disposición es constitucional. La propuesta sostuvo que las diferencias en los procedimientos disciplinarios responden a la estructura jerárquica y a las distintas funciones y responsabilidades existentes dentro de las Fuerzas Armadas.

El proyecto también determinó que la actuación del Consejo de Honor no vulnera el debido proceso. Este órgano interno califica conductas relacionadas con la disciplina militar y formula propuestas, pero no adopta por sí mismo la decisión definitiva sobre la baja, que corresponde a la autoridad competente.

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Durante la discusión surgieron diferencias sobre cómo debía analizarse el principio de igualdad. El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz consideró que sí existe un punto de comparación entre el personal de tropa y los mandos superiores, pues todos pertenecen al Ejército y están sujetos a la disciplina militar. Sin embargo, sostuvo que el trato diferenciado resulta constitucional porque encuentra una justificación objetiva y razonable en la jerarquía y funcionamiento de las Fuerzas Armadas.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf también respaldó la constitucionalidad de la disposición, aunque formuló consideraciones adicionales y se apartó de diversos razonamientos del proyecto.

Finalmente, el Pleno aprobó por unanimidad el proyecto con los ajustes aceptados por la ministra ponente y negó el amparo contra la norma impugnada. Pese a coincidir en el resultado, algunos integrantes anunciaron votos concurrentes o se separaron de determinadas consideraciones de la sentencia.

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