Reabre Corte juicio por contrabando de diésel vinculado a Marín Meza

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  • El máximo tribunal del país resolvió que el SAT sí tiene facultades para representar jurídicamente las investigaciones que vinculan al empresario Edgar Marín Meza Moreno, expresidente del consejo de administración de Impulsora de Productos Sustentables, en el presunto contrabando de 21.5 millones de litros de combustible.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.– Una operación de importación marítima de diésel en la que presuntamente se omitió declarar más de 21.5 millones de litros de combustible, con un perjuicio calculado en 173 millones de pesos para el erario, forma parte de las investigaciones penales que involucran al empresario Edgar Marín Meza Moreno, vinculado históricamente con Impulsora de Productos Sustentables, S.A.P.I. de C.V.

El caso volvió a cobrar relevancia este lunes, cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad el Recurso de Queja 14/2026, promovido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ante la negativa de un juez de control de admitir un amparo contra la resolución que negó la vinculación a proceso del empresario. 

El proyecto, elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, describe una investigación por presunto contrabando de diésel mediante operaciones realizadas entre el 16 de octubre y el 30 de noviembre de 2019, en las que se habría utilizado documentación comercial alterada para disminuir el monto de las contribuciones exigibles.

La investigación judicial menciona la participación de dos embarcaciones utilizadas para introducir combustible al país y una presunta distribución de funciones entre las personas involucradas en las operaciones.

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Aunque el proyecto público de la Corte mantiene reservada la identidad del imputado y las razones sociales correspondientes, diversos reportes periodísticos y registros judiciales relacionan la controversia con Edgar Marín Meza Moreno, identificado como directivo de Impulsora de Productos Sustentables.

La empresa participó durante varios años en el negocio de importación, comercialización y suministro de hidrocarburos, incluida la provisión de combustible de aviación a Interjet.

El expediente llegó al máximo tribunal después de que la defensa del empresario cuestionó la posibilidad de que el SAT promoviera un amparo contra una resolución que impidió su vinculación a proceso, debido a la disputa sobre las facultades de la autoridad fiscal frente a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).

De acuerdo con información de la investigación de la Fiscalía General de la República (FGR), difundida en su momento por diversos medios nacionales, uno de los cargamentos investigados llegó al país en octubre de 2019 a bordo del buque Atlantic Bay.

La embarcación habría transportado aproximadamente 28.7 millones de litros de diésel, de los cuales únicamente se habrían declarado ante las autoridades aduaneras alrededor de 7.2 millones.

La diferencia, calculada por la Fiscalía en 21 millones 570 mil litros, constituye el volumen de combustible que presuntamente ingresó sin cumplir las formalidades del despacho aduanero. Las investigaciones señalan que el cargamento tuvo un valor en aduana aproximado de 219.1 millones de pesos.

Sobre el volumen presuntamente no declarado, la FGR calculó contribuciones y derechos omitidos por aproximadamente 173 millones de pesos. El desglose de la imputación difundida públicamente establece los siguientes montos: 117.2 millones de pesos por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS); 54 millones de pesos correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA); y 1.7 millones de pesos por derechos de trámite aduanero.

Estas cantidades corresponden a la estimación del presunto perjuicio fiscal formulada por la acusación, no al adeudo definitivamente acreditado mediante sentencia condenatoria. La diferencia entre el volumen transportado y el declarado es el elemento central de la imputación relacionada con el Atlantic Bay.

DOS BUQUES Y FACTURAS PRESUNTAMENTE ALTERADAS

El proyecto correspondiente a la Queja 14/2026 ofrece información adicional sobre el mecanismo de operación investigado. Los antecedentes judiciales describen que, entre el 16 de octubre y el 30 de noviembre de 2019, se realizaron operaciones de adquisición, transporte y descarga de diésel introducido al territorio nacional mediante dos embarcaciones.

La acusación refiere el presunto empleo de facturas alteradas para reflejar valores distintos de los correspondientes a las operaciones y omitir parcialmente el pago de contribuciones. También menciona que las actividades habrían sido realizadas mediante una distribución de responsabilidades entre diferentes participantes.

DE PROVEEDOR DE INTERJET A INVESTIGADO

Impulsora de Productos Sustentables fue constituida en 2013 en Guadalajara, Jalisco, para desarrollar actividades relacionadas con la comercialización, transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos y petrolíferos.

Con el tiempo, la compañía participó en operaciones de suministro de combustibles para el sector aeronáutico y mantuvo vínculos comerciales con Interjet. Su estructura accionaria experimentó diversas modificaciones.

De acuerdo con documentos corporativos revisados y publicados por Forbes México, en mayo de 2020 Galem Energy realizó una aportación de capital por 100 millones de pesos, mientras Edgar Marín Meza Moreno y José Isabel Murguía Santiago figuraban entre los accionistas minoritarios.

En septiembre de ese año, Galem Energy transfirió su participación a Marín Meza Moreno, quien ocupaba la presidencia del consejo de administración.

Sin embargo, en diciembre de 2020 el empresario transfirió sus acciones a Dalcrise y dejó la presidencia del consejo, cargo que asumió José Isabel Murguía Santiago.

Por esta razón, aunque diversas publicaciones lo identifican como propietario de Impulsora de Productos Sustentables, los antecedentes corporativos permiten documentar con mayor precisión su condición histórica de accionista y expresidente de la compañía, sin establecer que conserve actualmente su propiedad.

La empresa enfrentó posteriormente problemas regulatorios y comerciales. En mayo de 2021 se informó sobre la cancelación de permisos relacionados con actividades de comercialización e importación de combustibles por parte de la Comisión Reguladora de Energía.

Asimismo, Aeropuertos y Servicios Auxiliares reportó adeudos de Impulsora de Productos Sustentables por aproximadamente mil 191 millones de pesos relacionados con el suministro de combustible de aviación.

Estas obligaciones comerciales constituyen antecedentes independientes de la investigación penal por presunto contrabando y no deben confundirse con los 173 millones de pesos de perjuicio fiscal atribuidos a la importación del Atlantic Bay.

LA RESOLUCIÓN QUE FAVORECIÓ AL EMPRESARIO

La investigación penal por la importación de diésel llegó a los tribunales federales después de que la FGR ejerció acción penal contra el empresario.

En mayo de 2025, un juez de Control determinó no vincularlo a proceso, al considerar que no se había satisfecho un requisito legal indispensable para proceder penalmente por contrabando.

La controversia se relacionó con la declaratoria de perjuicio emitida por el SAT el 25 de junio de 2024.

El juzgador consideró que, tras la reorganización de las facultades aduaneras y la entrada en vigor del Reglamento Interior de ANAM, la autoridad competente para formular esa declaratoria era la nueva agencia aduanera y no el organismo recaudador.

La decisión fue impugnada por el Ministerio Público y el SAT.

Sin embargo, el 15 de enero de 2026, el Tribunal Colegiado de Apelación del Séptimo Circuito confirmó la no vinculación a proceso.

El SAT promovió entonces un amparo indirecto contra esa determinación.

La demanda fue admitida el 18 de febrero de 2026 por el Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Noveno Circuito, con residencia en Pachuca, Hidalgo.

La defensa del investigado cuestionó esa admisión mediante un recurso de queja, argumentando que el organismo fiscal carecía de facultades para representar a Hacienda y promover el juicio constitucional.

El asunto fue atraído por la Suprema Corte en mayo de 2026 y registrado como Recurso de Queja 14/2026.

Durante la tramitación del recurso ante la Suprema Corte, el empresario recurrente presentó un escrito de desistimiento el 24 de septiembre de 2026. La decisión fue ratificada posteriormente mediante firma electrónica.

Por ello, la ministra Loretta Ortiz Ahlf propuso al Pleno reconocer la validez del desistimiento y declarar firme el acuerdo que había admitido el amparo promovido por el SAT.

En la sesión pública de este lunes, los nueve integrantes del máximo tribunal votaron a favor de la propuesta, con ajustes de técnica procesal solicitados por el ministro Giovanni Figueroa Mejía y respaldados por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.

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