Dan batalla legal mayas vs Sedena

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  • Varios pueblos mayas se han opuesto a diversas obras a cargo de la Sedena.
MARCO ANTONIO BARRERA

F. CARRILLO PUERTO, Q. ROO.- Pobladores originarios de la zona centro del estado obtuvieron el respaldo de magistrados federales para que se investigue de oficio la presunta falta de una consulta comunitaria para la construcción del Tren Maya, el Aeropuerto Internacional de Tulum, una base aérea militar y la llamada “Puerta Maya al Mar”, en el municipio de Felipe Carrillo Puerto.

En una resolución unánime del Segundo Tribunal Colegiado de Quintana Roo, se instruyó a un juez de Distrito para que recabe todas las pruebas para resolver un reclamo legal de comunidades indígenas contra la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

A la dependencia castrense, junto con la Dirección General de Ingenieros, se le acusa de ocasionar un daño ambiental y destruir el hábitat indígena con los megaproyectos de infraestructura del gobierno federal, además de dar información equivocada al titular del Juzgado Primero de Distrito de la entidad.

La resolución favorable a los representantes de los pueblos mayas y las comunidades indígenas representados por el Gran Consejo Maya, se dio ante una negativa decretada en el juicio de garantías 33160085.

El juzgador se negó a aceptar un pliego de requerimientos con los que se le pedía solicitar informes y algunas acciones a las autoridades, pero que desechó al solicitarse fuerza del plazo legal, el 6 de diciembre pasado.

Para los indígenas, la información supuestamente demostraría que la dependencia habría incurrido también en eludir su calidad de autoridad responsable en la construcción de la terminal de Tulum, la base militar y el ferrocarril turístico.

El reclamo legal en etapa de análisis tiene que ver con una asamblea comunitaria donde se otorgó el consentimiento indígena del proyecto ferroviario (26 de julio de 2022), pero la cual habría perdido validez porque se modificó el proyecto ferroviario y faltó pedir autorización sobre la terminal aérea civil y la base militar.

Otra obra que es igualmente impugnada es la “Puerta Maya al Mar”, que mediante la construcción de un camino se conectará a la Zona Maya con la costa, la cual atenderá una demanda añeja de los pobladores.

La resolución favorable a los grupos originarios se dio en el recurso de queja 34721615, al que acudieron para que se ordenen informes y se realicen diversas acciones de dependencias del ámbito federal, estatal y municipal, así como una visita de inspección a las obras.

Entre las peticiones está que al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) se le pregunte a quién transmitió la construcción del Tren Maya en territorio municipal, mientras que a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a los gobiernos estatal y municipal, quién construye el proyecto ferroviario y la llamada “Puerta Maya al Mar”.

Adicionalmente, se solicita a la Secretaría de Economía (SE) que precise también cuál es la integración accionaria de la empresa de participación estatal mayoritaria “Grupo Aeroportuario, Ferroviario y de Servicios Auxiliares Olmeca-Maya-Mexica” que es el responsable del Tren Maya. 

En la resolución se destacó que sobre los proyectos “Aeropuerto Civil de Tulum” y la “Base Militar” las autoridades militares aceptaron estar a cargo de la construcción, pero negaron omitir la consulta porque tenían el consentimiento indígena.

De la “Puerta Maya al Mar” negaron ser los responsables, aunque se destacó que en las conferencias mañaneras del presidente López Obrador se anunció una participación conjunta de los tres niveles de gobierno.

Para los magistrados, los promoventes del amparo pertenecen a un grupo vulnerable y el juez de Distrito estaba obligado a ejercer su facultad discrecional y ordenar de oficio el desahogo de las pruebas solicitadas, en especial las que son del dominio público.

“Es un hecho notorio que las autoridades de los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) han anunciado la construcción de dicha obra —“Puerta Maya al Mar”—, por lo que ante el estado vulnerable de los quejosos se deben recabar pruebas de oficio para dilucidar quién está a cargo de dicho proyecto”.

El objetivo es que el juez de Distrito pueda allegarse todas las pruebas que estime necesarias para resolver el caso, lo cual no se limita únicamente a investigar quien está a cargo de los proyectos reclamados, sino también si incurrió en las omisiones señaladas.

El desahogo por oficio de pruebas —se agregó— puede tener el objetivo de conocer características particulares de un pueblo o comunidad indígena, respecto a su cultura, sistemas normativos o de contexto, con lo que se evita la especulación o una apreciación subjetiva de quien imparte justicia.

En el fallo se destacó que las personas, pueblos y comunidades indígenas han estado afectadas por un contexto de marginación y discriminación, que les ha impedido acceder a la justicia en condiciones de igualdad.

Igualmente, los indígenas son un grupo históricamente marginado y están en una clara desventaja social para realizar su defensa en un juicio, ante lo cual se debe salvaguardar su derecho de acceso a la justicia.