Valida un tribunal la ‘verdad histórica’

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  • Un tribunal federal estableció que hasta hoy no existen elementos para afirmar que es falsa la “verdad histórica” del Caso Ayotzinapa.
STAFF / AGENCIA REFORMA

CIUDAD DE MÉXICO.- Un tribunal federal estableció que hasta hoy no existen elementos para afirmar que es falsa la “verdad histórica” del Caso Ayotzinapa y tampoco hay elementos para sostener que es una “maquinación” de funcionarios de la Fiscalía General de la República (FGR).

Al resolver un amparo de Blanca Alicia Bernal Castilla, ex Fiscal de la Unidas Antisecuestros de la FGR, en contra de su proceso, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México concluyó que no está acreditada ninguna otra versión distinta a la sostenida por la gestión del Procurador Jesús Murillo Karam.

De acuerdo con el colegiado, para desacreditar la “verdad histórica”, la Unidad Especializada para la Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa (UEILCA) tendría que localizar los restos de los normalistas en un lugar distinto al Río San Juan, en el municipio de Cocula, Guerrero.

“Ese diverso lugar que se requiere para estimar que la versión conocida como verdad histórica, hasta la fecha. no se advierte que sea falsa si, como acontece, no está acreditado que exista otra versión que corresponda con la realidad”, dice el fallo dictado con base en el proyecto de sentencia de la magistrada Elisa Macrina Álvarez Castro.

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“En esas condiciones, no es factible establecer que la ‘verdad histórica’ que sostiene el Ministerio Público, la maquinó la quejosa (Blanca Alicia Bernal) junto con diversos servidores públicos y que no corresponda con la realidad, pues para sostener que es falsa, es necesario que no se ajuste con la realidad; lo que significa que las víctimas fueron localizadas en un diverso sitio, el cual era del conocimiento de la peticionaria de amparo, lo cual no acontece en la especie, al no haberlo demostrado la representación social; pues no se advierte que hayan sido localizados en un lugar diverso”.

La “verdad histórica” es la versión del Caso Ayotzinapa, dada a conocer el 27 de enero de 2015 por Murillo Karam, que concluye que los 43 normalistas fueron ejecutados e incinerados en el basurero de Cocula y sus restos tirados al Río San Juan.

Los perpetradores, según esta narrativa, fueron agentes de las Policías Municipales de Iguala, Cocula y Huitzuco, quienes presuntamente detuvieron a los estudiantes y los entregaron al grupo criminal Guerreros Unidos, quienes los habrían ejecutado e incinerado.

Esta versión empezó a ser desmontada legalmente por un fallo dictado en el 2018 por el Primer Tribunal Colegiado de Tamaulipas, que dio por ciertas todas las denuncias de tortura de los detenidos y anuló sus confesiones y testimonios, porque no les practicaron el Protocolo de Estambul en un plazo de 10 días.

Ahora ese criterio en los tribunales parece revertirse.

En la sentencia del Décimo Tribunal Colegiado Penal en la CDMX, los Magistrados hicieron un posicionamiento inédito en el que establecen que el hecho de que algunos testigos pudieran haber sido torturados para declarar, no implica que la versión de los hechos de la FGR sea falsa, a la luz de otros elementos de prueba.

“Es así, ya que no debe soslayarse que el hecho de que los detenidos hayan sido presionados para declarar en la forma que se afirma lo hicieron y que jurídicamente sus versiones pudieran carecer de eficacia probatoria, ello no implica que en el mundo fáctico su versión de los hechos necesariamente, no corresponda con la realidad”, dice el fallo.

“Además, para poder sostener que lo que el Ministerio Público, denomina como ‘verdad histórica’, constituye una versión ajena a los hechos ocurridos, hace necesario acreditar que se cuenta con una versión que sí es genuina con lo que ocurrió en el mundo fáctico”.

“Por lo que debe haber diferencia no sólo de matices, sino totalmente discrepantes, ya que de lo contrario, todo aquello que se investiga inicialmente y si concluye con un hecho, sujeto a demostrarse plenamente con posterioridad, si durante la secuela procesal, es desvirtuada, sería considerada como una conducta ilícita, lo cual jurídicamente es inadecuado”.

El tribunal dice no soslayar la opinión que pudiera emitir el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) y los peritos del Equipo Argentino de Antropología Forense, respecto al hallazgo de restos óseos, pero aclara que sus peritajes no echan abajo la “verdad histórica”.

“Empero, ello es irrelevante, toda vez que de ser el caso que reúnan los requisitos técnicos de una pericial, únicamente constituyen meras opiniones de conocedores en la materia; sin embargo, ello no implica la existencia de una verdad plenamente acreditada, que desvirtué la versión conocida como verdad histórica, pues para que logre desvirtuarla tendrían que localizarse a los desaparecidos en un lugar diverso”, señala.

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