Da Corte razón a San Pedro en controversia

Fecha:

  • La Suprema Corte determinó que el Congreso local incurrió en una omisión legislativa parcial al no armonizar correctamente la Ley de Responsabilidades Administrativas de 2017.
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MONTERREY, NL.- Luego de una controversia constitucional promovida por el Municipio de San Pedro, la Suprema Corte de Justicia determinó que el Congreso local incurrió en una omisión legislativa parcial al no armonizar correctamente la Ley de Responsabilidades Administrativas publicada en el 2017.

El Pleno de la Corte resolvió ayer que existe un error en el Artículo 221 de la Ley local: establece que la facultad de tramitar y resolver recursos de revisión corresponde a un tribunal colegiado de circuito, pese a que debería corresponder a un órgano judicial local.

La Ley General establece que a los tribunales colegiados de circuito les corresponde únicamente conocer los recursos de revisión interpuestos contra las resoluciones definitivas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

“Si bien el Congreso de Nuevo León cumplió con emitir su ley local de responsabilidades administrativas, fue omiso en adecuarla adecuadamente en lo relativo al recurso de revisión, pues no armonizó ese medio de defensa con lo dispuesto en la Ley General”, indicó el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía.

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Según la ministra Yasmín Esquivel, el Municipio sampetrino argumentó que el Tribunal Colegiado de Circuito le ha desechado 16 recursos de revisión argumentando que carece de competencia.

El Pleno ordenó al Congreso de Nuevo León realizar las reformas necesarias para subsanar esta omisión en el siguiente periodo ordinario de sesiones.

“Implica reformar el Artículo 221 de la Ley de Responsabilidades Administrativas local a consecuencia de adecuar su contenido al sistema normativo y orgánico de su ámbito local”, se estableció.

“Esto es, deberá determinar el órgano judicial competente de la entidad federativa del Estado de Nuevo León para conocer y resolver el recurso de revisión”.

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