Emiten reglamento para vehículos eléctricos de baja velocidad

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  • Todos los vehículos eléctricos de baja velocidad que superen los 25 kilómetros por hora deberán portar placas.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- Todos los vehículos eléctricos de baja velocidad que superen los 25 kilómetros por hora deberán portar placas; mientras que los conductores tendrán que obtener una licencia para circular, con restricciones similares a las de las motocicletas.

Así lo establece el reglamento que regirá los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (Vemepe), cuya regulación fue aprobada hace un año en el Congreso local.

Durante la firma del reglamento, el titular de la Secretaría de Movilidad (Semovi), Héctor García, explicó que estas disposiciones aplicarán a los vehículos que alcancen más de 25 kilómetros por hora, que serán clasificados en Tipo A y Tipo B, según su peso.

Las licencias serán obligatorias para toda persona que conduzca un Vemepe, exclusivamente mayores de edad, ya que se prohíbe su conducción a menores.

Autoridades indicaron que todos los vehículos adquiridos a partir del 1 de julio estarán emplacados; sin embargo, el reglamento les podrá ser aplicado hasta el 1 de septiembre.

Esta situación, se indicó, permitiría a los conductores familiarizarse con la normativa.

Se prevé que el periodo de emplacamiento finalice el 20 de noviembre.

“A partir del 1 de septiembre, es para vehículos nuevos que ya salgan o sean adquiridos con placa, por la entrada en vigor del reglamento y, a partir de noviembre, ya se podrá sancionar de manera generalizada, a todos los vehículos”, indicó la Jefa de Gobierno, Clara Brugada.

Entre los contemplados en la normativa se encuentran scooters, motocicletas eléctricas y monopatines.

A partir de julio, todas las empresas que los vendan deberán entregarlos ya con matrícula.

“Se asemejan más a una motocicleta, por lo tanto tienen que ser acreedores de instrumentos de control muy parecidos. Es importante iniciar su regularización antes que el proceso pueda desbordarse. Es una acción atinada”, dijo García.

EN ANARQUÍA

Aunque se anunciaron desde marzo de 2025 restricciones para la circulación de motos eléctricas por ciclovías, carriles confinados o sobre las banquetas, esta medida ha quedado en letra muerta.

La medida entró en vigor en agosto, sin embargo, en vialidades principales y secundarias del Centro Histórico, como Avenida Paseo de la Reforma, Eje Central Lázaro Cárdenas, Avenida Juárez, las infracciones ocurren incluso frente a agentes de Tránsito.

En un ejercicio de observación durante 20 minutos, cinco minutos por cada vía, se contabilizaron más de 100 vehículos, en su mayoría con conductores y pasajeros sin casco.

Circulaban tanto en ciclovías como en pasos peatonales.

Apenas siete personas sobre las motos eléctricas usaban casco.

Un policía lamentó que, incluso si la ley lo señala, no podía realizar las multas debido a que los conductores no le hacían caso, a menos que se hiciera un operativo especial que le ordenaran.

De acuerdo con el texto reformado el año pasado, son aplicables las sanciones a los vehículos motorizados que invadan la ciclovía, incluida las motos eléctricas, que el año pasado eran comercializadas como bicicletas.

“Tenemos entendido que no está en vigor, y la verdad que para uno solo no se da abasto. Hasta que nos den luz verde con eso es que vamos a poder hacerles el acta, que es para sancionar, pero mientras tanto vaya a poder circular en la ciclovía, en las banquetas, en sentido contrario”, indicó el oficial de Tránsito.

Ciclistas consideraron que es un riesgo la circulación de las motos eléctricas en los carriles exclusivos para vehículos no motorizados debido a que alcanzan mayores velocidades y su estructura es distinta a la de una bicicleta.

“No son bicis, no es lo mismo, van rapidísimo, están más pesadas y si te tumban te pueden lesionar muy fuerte, se suponía que los iban a poner en orden después del escándalo que se hizo porque engañaban diciendo que eran bicis”, reclamó Verónica Ramos, ciclista.

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