Alerta en Puebla ‘Ley Censura’

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  • Un mes después de su polémica aprobación inicial, el Congreso de Puebla reformó nuevamente el Artículo 480 del Código Penal.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- Un mes después de su polémica aprobación inicial, el Congreso de Puebla reformó nuevamente el Artículo 480 del Código Penal, que tipifica el ciberasedio; sin embargo, a pesar de los ajustes, organizaciones civiles y la Oposición persisten en señalar que la denominada “Ley Censura” sigue atentando contra la libertad de expresión.

El dictamen fue aprobado en sesión ordinaria con 34 votos a favor, seis en contra y una abstención. Entre las modificaciones centrales, se redefinió el delito de ciberasedio.

El Gobernador de Puebla, el morenista Alejandro Armenta, solicitó a este cuerpo legislativo la modificación para disipar la controversia que generó a nivel nacional y garantizar que las críticas a servidores públicos y el ejercicio periodístico queden exentos de sanciones penales.

Además, se eliminaron conceptos considerados como ambiguos como “injurie” u “agravie” en la descripción del delito y se redujo la pena mínima de prisión de 11 a seis meses, manteniendo la máxima en tres años.

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No obstante, se estableció un agravante que aumenta la pena hasta cinco años si la víctima es menor de edad. Asimismo se aclaró que el delito solo será perseguible a petición de parte, salvo en casos de menores de edad, personas con discapacidad o relaciones de subordinación, donde se procederá de oficio.

Las críticas más contundentes llegaron de las organizaciones que desde el inicio alertaron sobre la ley, como Artículo 19.

“Esta reforma mantiene y no resuelve el problema de fondo en el Código Penal: la restricción ilegítima y censura desproporcionada a la libertad de expresión”, compartió.

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