Revoca Corte condena de mujer implicada en secuestro

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  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó la condena de 52 años y seis meses de cárcel a una mujer que participó en 2009 en el secuestro de Yolanda Ceballos Coppel.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó la condena de 52 años y seis meses de cárcel a una mujer que participó en 2009 en el secuestro de Yolanda Ceballos Coppel, pero que alegó ser víctima de la pobreza, y ordenó que sea juzgada con perspectiva de género.

La madrugada del 3 de julio de 2009 la mujer estaba en una casa de seguridad en Xochimilco a donde ingresaron elementos de la Fuerza de Antisecuestro y del Grupo de Reacción Inmediata de la Procuraduría capitalina a rescatar a Ceballos Coppel, integrante de Fundación Oceánica, secuestrada dos días antes.

Los recibió con ráfagas de “cuernos de chivo” uno de los delincuentes que asesinó a dos mandos de la entonces Procuraduría General de la República, a la mujer secuestrada, con una pistola 9 milímetros, y luego se pegó un tiro en la sien.

Dos hombres fueron detenidos, así como dos mujeres de 25 y 30 años, quienes dijeron estar a cargo del cuidado y alimentación de la víctima.

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El caso fue conocido. El asesino y líder de la banda era Armando Gutiérrez Solís, “El Iván”, quien dormía en una cama a los pies de Ceballos Coppel, con dos armas, y su pareja era una de las dos mujeres detenidas.

Según el amparo directo en revisión 5248/2023, en el que se omiten los nombres, la otra mujer dijo que tenía una relación de amistad con el asesino, pero alegó desde el principio que estaba ahí con mentiras.

La mujer sostuvo que no tenía empleo para mantener a sus hijos, que era muy pobre, que su educación era básica y por eso aceptó cuidar por mil 500 pesos semanales a quien le dijeron que era familiar del asesino.

El día que empezó con el trabajo, se enteró que en realidad se trataba de un secuestro y que su función sería cuidar y alimentar a la víctima, a lo que se negó, pero fue amenazada de que la matarían a ella y a sus hijos, dice el expediente.

En agosto de 2010 fue condenada a 52 años y 6 meses de cárcel, y 7 mil 500 días de multa como responsable de secuestro agravado.

El defensor de oficio apeló, pero el Tribunal Superior de Justicia del entonces Distrito Federal reiteró la condena en enero de 2011.

Recurrió a un amparo directo, concedido en agosto de 2017, sólo para que la Sala reiterara la condena, y presentó entonces un amparo directo que le fue negado por un Tribunal colegiado en junio de 2023.

Su caso llegó a la Corte en agosto de 2023 y fue resuelto ayer por la nueva conformación del Pleno. Loretta Ortiz, la ministra encargada del proyecto de solución, propuso revocar la sentencia y ordenar al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito que vuelva a juzgar, pero con perspectiva de género.

Ortiz aseguró que se debió haber considerado el contexto y determinar si sus actos fueron condicionados, y citó la jurisprudencia que ampara no sólo a las mujeres víctimas de un delito, sino también cuando se les acusa.

“Si bien todas esas circunstancias podrían no ser suficientes para concluir que la actuación de la quejosa estuvo condicionada a partir de un contexto de vulnerabilidad y violencia de género, sí lo son para emprender una investigación de los hechos”, sostuvo, y los otros ocho ministros avalaron la propuesta.

*Con información de Agencia Reforma

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