Lenia Batres está en contra de revisar sentencias de la anterior Corte

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  • La ministra Lenia Batres propuso rechazar la posibilidad de que la actual Suprema Corte de Justicia revise sentencias dictadas por la anterior integración del Máximo Tribunal.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- La ministra Lenia Batres propuso rechazar la posibilidad de que la actual Suprema Corte de Justicia revise sentencias dictadas por la anterior integración del Máximo Tribunal.

La Corte listó para el 19 de enero un proyecto de Batres para responder a la consulta planteada por el ministro presidente, Hugo Aguilar, sobre la posibilidad de revisar fallos que las Salas del tribunal dictaron en amparos directos atraídos.

El solo hecho de haber planteado este tema ha generado críticas a la nueva integración de la Corte, pues siempre había estado claro que las sentencias del Pleno y de las Salas, eliminadas por la reforma judicial, tenían la misma jerarquía y eran definitivas e inatacables.

En su proyecto, Batres confirma este criterio.

“Las Salas no eran órganos jerárquicamente inferiores al Pleno, sino órganos funcionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Permitir la revisión por el Pleno de las decisiones de las Salas implicaría admitir la existencia de una instancia superior dentro de un órgano que es, constitucionalmente, indivisible”, se lee en el proyecto.

“La terminalidad de las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deriva no sólo de su jerarquía constitucional, sino de la imposibilidad jurídica de que exista un órgano revisor de sus decisiones, lo que garantiza seguridad jurídica, estabilidad institucional y firmeza de los criterios constitucionales”.

Aguilar planteó la consulta en octubre pasado, luego que la Fiscalía General de la República (FGR) promovió un recurso de revisión contra la absolución de Juana Hilda González, presunta integrante de una banda de secuestradores implicada en el caso de Hugo Alberto Wallace en 2005.

La Primera Sala de la Corte ordenó el 11 de junio de 2025 la liberación de González, al resolver un amparo directo contra su condena de 78 años de cárcel, que ordinariamente hubiera tocado resolver a un tribunal colegiado, pero fue atraído.

La lógica de la FGR es que, al resolver amparos directos, las Salas cumplieron funciones de legalidad propias de un tribunal colegiado ─es decir, analizaron los hechos y pruebas del caso─, y por tanto, todavía se podrían plantear al Pleno temas de constitucionalidad.

Este no es el único caso donde se han intentado revisiones contra sentencias de las Salas ante la nueva integración.

El Servicio de Administración Tributaria buscó impugnar un amparo de la Segunda Sala a favor de una filial de Grupo Televisa, declarada como facturera, y también se cuestionó le negativa de la Primera Sala para una indemnización por error judicial, derivado de una demanda laboral por despido injustificado contra el Conalep.

El proyecto de Batres requiere cinco de nueve votos para ser aprobado.

En noviembre pasado, la actual Corte resolvió, por cinco contra cuatro, que es posible demandar la nulidad de juicios mercantiles ya resueltos de manera definitiva, postura que también ha generado críticas por presuntamente afectar la seguridad jurídica.

*Con información de Agencia Reforma

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