Frena Corte fiscalización del Congreso de Tlaxcala a Contla

Fecha:

  • La Suprema Corte declaró inconstitucional auditoría aplicada por Congreso de Tlaxcala al ayuntamiento de Contla de Juan Cuamatzi, sobre el ejercicio de recursos federales, como parte de la disputa política entre partidos aliados.
FELIPE VILLA

CIUDAD DE MÉXICO.- La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el municipio de Contla de Juan Cuamatzi no puede entenderse únicamente como un fallo técnico en materia de fiscalización del estado de Tlaxcala. En realidad, se trata del desenlace jurídico de una disputa política más amplia entre fuerzas que, en el papel, son aliadas: Morena y el Partido del Trabajo (PT).

En Tlaxcala, Morena mantiene el control del Congreso local y de la estructura política estatal, mientras que el municipio de Contla es gobernado por el PT. Esa combinación, lejos de traducirse en una relación armónica, derivó en un conflicto que fue escalando con el tiempo, alimentado por tensiones internas en el cabildo, acusaciones cruzadas y procesos de control político impulsados desde el ámbito estatal.

Bajo ese contexto, la fiscalización de la cuenta pública del municipio correspondiente al segundo semestre de 2024 se convirtió en un punto de quiebre. El Congreso del Estado, a través de su Órgano de Fiscalización Superior, auditó el manejo de los recursos municipales, detectó irregularidades y tomó decisiones que incluyeron la aprobación parcial de la cuenta pública y su rechazo en uno de los periodos, además de abrir la puerta a posibles responsabilidades administrativas.

Sin embargo, más allá de los hallazgos, el municipio interpretó esta intervención como una acción que rebasaba los límites legales y que tenía implicaciones políticas. La clave de su argumento fue que la fiscalización incluyó recursos federales —como aportaciones y participaciones— cuya revisión, según la Constitución, corresponde a la Auditoría Superior de la Federación. Bajo esa premisa, no sólo impugnó los resultados, sino todo el procedimiento.

El conflicto, así, dejó de ser local y se trasladó al terreno constitucional.

La Corte resolvió a favor del municipio con un criterio que, aunque técnico en su formulación, tiene efectos políticos claros: la competencia para fiscalizar depende del origen del recurso. Si se trata de recursos federales, la autoridad competente es la federación; si son recursos locales, corresponde a los estados. En el caso de las participaciones federales, la intervención estatal sólo es válida si existe un convenio de coordinación, lo cual no se acreditó.

A partir de este análisis, el máximo tribunal concluyó que el Congreso de Tlaxcala y su órgano de fiscalización actuaron fuera de sus atribuciones. No sólo revisaron recursos para los que no tenían competencia, sino que además basaron en esa revisión decisiones formales sobre la cuenta pública del municipio. Por ello, la Corte declaró la invalidez tanto del informe de fiscalización como de los acuerdos legislativos que lo sustentaban.

El efecto inmediato es la anulación total del proceso. Pero el impacto va más allá.

En los hechos, el fallo representa un freno a la capacidad del Congreso estatal —dominado por Morena— de incidir sobre un municipio gobernado por el PT mediante instrumentos como la fiscalización. También fortalece la posición del gobierno municipal, que logra revertir una decisión institucional adversa a través de una vía constitucional.

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