- La Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá un proyecto que impediría suspender la obligación de los agentes aduanales de presentar su declaración patrimonial.
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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá mañana un proyecto que prohíbe suspender la nueva obligación de los agentes aduanales de presentar al Gobierno una declaración patrimonial.
Esta declaración es el aspecto más polémico de la reforma de 2025 a la Ley Aduanera, y varios jueces y tribunales han concedido suspensiones a los agentes, ya que son profesionistas independientes, no servidores públicos que deban someterse a este tipo de escrutinio.
El Ministro Arístides Guerrero, sin embargo, propuso a la Corte jurisprudencia para impedir que se concedan suspensiones por “afectar el interés público”.
“Las agentes referidas cuentan con una patente otorgada por el Estado. La actuación de tales personas atiende a una actividad que legalmente requiere autorización, en aras de proteger los intereses de la sociedad. Es decir, el servicio que desempeñan los agentes aduanales, al ser una actividad privada de interés público, debe sujetarse a una estricta reglamentación y vigilancia estatal”, dice el proyecto.
“De conceder la suspensión provisional contra el sistema normativo que regula la obligación relativa a que la persona agente aduanal declare anualmente su evolución patrimonial, se impediría y obstaculizaría que la autoridad competente requiera, obtenga o disemine información financiera para la prevención y detección de operaciones con recursos de procedencia ilícita” agrega.
La Corte revisará una contradicción de criterios entre tribunales colegiados. Basta mayoría de cinco de los nueve Ministros para aprobar la jurisprudencia, que por el momento no revocaría las suspensiones que ya fueron otorgadas.
El tema ante la Corte solo es la procedencia de suspender la declaración patrimonial, no la Constitucionalidad de este requisito, que será analizada posteriormente.
Sin embargo, la aprobación del proyecto de Guerrero implicaría que, llegado el momento, la Corte seguramente avalará esta obligación, con lo que se negarían los amparos y las suspensiones ya otorgadas quedarían sin efectos.
Grupo REFORMA publicó en abril que al menos 40 agencias aduanales litigaban amparos contra esta reforma, solo en la Ciudad de México, mientras que cientos más lo hacían ante juzgados federales del resto del país.
“Según el Artículo 159 de la Ley Aduanera, el agente es una persona física que desarrolla una actividad profesional, por medio de una patente otorgada por el Estado, por lo que no tiene carácter de servidor público y, en consecuencia, no se rige por el principio de rendición de cuentas del Artículo 108 de la Constitución”, afirmó uno de los tribunales que concedieron suspensiones.
La declaración patrimonial es sólo una de varias nuevas obligaciones que han provocado amparos, entre ellas, expedientes detallados que debe integrar el agente sobre sus propios empleados y sobre las personas o empresas que soliciten sus servicios, incluidas fotografías de sus instalaciones; la responsabilidad solidaria de los agentes por impuestos que se omitan en las operaciones, y responsabilidades adicionales de los almacenes de depósito.




