Limitan cortar agua ante la falta de pago

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  • El suministro de agua para consumo humano no podrá ser cortado en ningún caso por falta de pago.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- El suministro de agua para consumo humano no podrá ser cortado en ningún caso por falta de pago, ni tampoco los servicios de saneamiento, establece la iniciativa de Ley General de Aguas de la Presidenta Claudia Sheinbaum.

“Los organismos operadores no podrán suspender totalmente el suministro de agua potable y el servicio de saneamiento por falta de pago; en todo caso, deben suministrar la cantidad mínima para el consumo humano básico”, establece el artículo 9 de la ley.

Desde 2012, la Constitución fijó como un derecho humano el acceso al agua y el saneamiento “en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.

Algunas normas locales, como la Ley de Aguas del Distrito Federal reformada en 2008, ya contemplan mantener suministro para “necesidades vitales” de los deudores.

Pero en 2016, la Suprema Corte de Justicia estableció que los estados no pueden obligar a los municipios a “regalar” agua a cualquier deudor, pues este beneficio sólo puede aplicar a personas que prueben que no pueden pagarla.

En ese caso, Aguascalientes había ordenado a sus municipios entregar hasta 200 litros diarios de agua a cualquier moroso, sin importar su situación económica o personal.

En 2022, la Segunda Sala de la Corte también aclaró que, en amparos contra cortes de agua, el Juez debe exigir al quejoso que garantice el monto de la deuda para que le reanuden el suministro, y que la exención de pago sólo debe aplicar si la persona acredita “de manera fehaciente” que está en situación de marginación o vulnerabilidad, y que no tiene recursos para pagar.

La iniciativa de Sheinbaum no define lo que debe entenderse por “mínimo básico”, y tampoco distingue entre personas en situación vulnerable y el resto de la población.

Por tanto, aclarar el volumen diario que se podrá entregar sin costo, así como las características de las personas con derecho a recibirlo, podría quedar a lo que se establezca en leyes estatales o incluso, reglamentos municipales, a menos que el Congreso haga cambios a la iniciativa del Ejecutivo.

La legalización del derecho a seguir recibiendo agua sin pagarla, podría agravar las disparidades entre estados y municipios en el cobro de derechos por este concepto, que es una de sus principales fuentes de ingresos.

En 2021, por ejemplo, Oaxaca, Tabasco y Tlaxcala sólo recaudaron 70 pesos, 76 pesos y 150 pesos per cápita anuales por agua, mientras que Baja California, Quintana Roo y Nuevo León recaudaron mil 763 pesos, mil 430 pesos y mil 24 pesos, respectivamente.

Los derechos por agua son similares a impuestos, y la acumulación de deudas con organismos operadores puede llevar al embargo y remate de los inmuebles donde habitan las personas que no han pagado.

La nueva ley también pretende generalizar el uso de sistemas de captación de aguas pluviales.

“Cada entidad federativa deberá determinar la implementación de los sistemas de captación pluvial con base en las características físicas de los inmuebles y en el valor del predial del suelo o construcción. En todo caso, el estándar que se utilice para determinar esa necesidad no podrá ser desproporcional al valor catastral del inmueble”, ordena.

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