Define IECM reglas para el uso de propaganda electoral

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  • A unos días de que inicie el proceso electoral 2026-2027, el Instituto Electoral de la Ciudad de México emitió reglas para la colocación de propaganda en las calles.
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CIUDAD DE MÉXICO.- A unos días de que inicie el proceso electoral 2026-2027, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) emitió reglas para la colocación de propaganda en las calles y lineamientos que garanticen la equidad entre los candidatos a diputaciones locales, concejalías y alcaldías.

El documento lo sustentó con normativas que ya existen en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Por ejemplo, recordó que la Ley en la materia establece que los anuncios no deberán obstruir el funcionamiento de los semáforos, la visibilidad de señalizaciones viales ni obstaculizar cruces peatonales.

“La propaganda no deberá invadir áreas destinadas al tránsito peatonal, reducir el ancho útil de circulación, bloquear rampas, accesos o rutas accesibles ni generar obstáculos a una altura o ubicación que representen riesgo”, establece los lineamientos que ayer fueron aprobados por los consejeros.

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Recordaron que las alcaldías y el Gobierno de la Ciudad tienen la facultad de retirar los anuncios y enviarlos a centros de reciclaje, mientras que la Secretaría de Obras y Servicios será la encargada de la disposición final de los desechos sólidos urbanos.

Además, el acuerdo establece que desde el inicio de las campañas y hasta la conclusión de la jornada electoral, las autoridades federales y de la CDMX suspenderán las campañas publicitarias de programas sociales.

La única excepción serán las campañas sobre servicios de salud, educación y de Protección Civil, en casos de emergencia.

Subrayó que los programas sociales y las acciones institucionales, tanto del ámbito federal y local, no tienen que ser usados para coaccionar el voto.

Mientras que los partidos y los candidatos no tienen que adjudicarse la realización de obras públicas o programas de Gobierno, pues de lo contrario serán sancionados.

“Asimismo, se establece la prohibición a utilizar la imagen de quien ostente la titularidad de la Jefatura de Gobierno, alcaldías, secretarías o cualquier otra autoridad administrativa de la Ciudad de México, lo que será causa de responsabilidad administrativa”, indica el resolutivo.

Los lineamientos del IECM también contemplan aplicar castigos a los infractores.

Apuntó que tiene la facultad de llevar a cabo procedimientos especiales sancionadores, además de que pueda dar aviso al Ministerio Público y áreas de fiscalización.

Recordó que la ciudadanía, precandidatos, aspirantes, los partidos y las coaliciones pueden presentar quejas ante el IECM en caso de que identifiquen violaciones a los lineamientos.

Por ello, el Instituto podrá solicitar al Gobierno de la Ciudad, al Congreso local y a las 16 alcaldías información para robustecer sus investigaciones.

“Cuando se advierta una violación a las reglas relativas a la colocación o fijación de propaganda electoral, la Secretaría Ejecutiva (del IECM) notificará al partido político, coalición o persona candidata infractora, requiriéndole el retiro inmediato de la propaganda”, advirtió.

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