Declaran inconstitucional diseño del impuesto inmobiliario en CDMX

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  • Invalida Suprema Corte la mecánica de cálculo del impuesto sobre adquisición de inmuebles en la Ciudad de México, al considerar que vulnera el principio constitucional de proporcionalidad tributaria.
STAFF / LUCES DEL SIGLO

CIUDAD DE MÉXICO.- Un cambio de fondo en el esquema tributario se perfila en la Ciudad de México, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolviera que el impuesto sobre adquisición de inmuebles, tal como está diseñado actualmente, es inconstitucional.

A partir del análisis y votación de los amparos en revisión 296/2025, 297/2025 y 298/2025, el máximo tribunal concluyó que la forma en que se calcula este gravamen vulnera el principio de proporcionalidad tributaria.

Los casos tienen su origen en operaciones inmobiliarias realizadas en 2024, en las que los contribuyentes pagaron el impuesto conforme a la tarifa establecida en el artículo 113 del Código Fiscal capitalino. Inconformes, promovieron amparos al considerar que el cobro era inequitativo. En uno de los expedientes también se cuestionó el pago de derechos registrales, bajo el argumento de que no correspondían al servicio efectivamente prestado por la autoridad.

Aunque en primera instancia los juzgados federales ya habían dado la razón a los quejosos, fue la Suprema Corte la que terminó por fijar un criterio definitivo. El análisis del Pleno se centró en la estructura del impuesto: una combinación de cuota fija y porcentaje aplicado sobre excedentes que, en la práctica, puede generar distorsiones.

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Según la Corte, este modelo permite que contribuyentes con inmuebles de menor valor enfrenten cargas proporcionales mayores que otros con propiedades más costosas, lo que rompe con el principio de equidad.

Por ejemplo, en el caso del expediente 296/2025, el tribunal fue más allá al revisar también el cobro de derechos registrales. La conclusión fue similar: si el monto no guarda relación con el servicio que presta el Estado, el cobro resulta desproporcionado y, por tanto, inconstitucional.

Las resoluciones no solo conceden el amparo a quienes promovieron los juicios, sino que ordenan la devolución de los pagos realizados en exceso y obligan a recalcular el impuesto bajo criterios que respeten la proporcionalidad. Esto abre la puerta a que otros contribuyentes en situaciones similares recurran a la vía legal para recuperar recursos.

El impacto de estas decisiones va más allá de los casos concretos. En los últimos meses, especialistas fiscales y actores del sector inmobiliario ya habían advertido que las modificaciones al impuesto en 2024 no corregían los problemas estructurales. La decisión de la Corte confirma esas preocupaciones y coloca presión directa sobre el Congreso de la Ciudad de México para rediseñar el esquema.

Además, el fallo podría tener efectos relevantes en la recaudación local, al tiempo que anticipa un incremento en los litigios fiscales. Más importante aún, establece el precedente jurídico de que los impuestos no solo deben estar previstos en la ley, sino diseñados de manera que reflejen una carga justa y proporcional para los contribuyentes.

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