Califican de ‘atípica’ participación de Mario Villanueva en la vida pública

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  • El diputado local y abogado Hugo Alday Nieto calificó como “atípica” la participación del ex gobernador Mario Villanueva Madrid en la vida pública del estado.
EUGENIO PACHECO

CHETUMAL, Q. ROO.- El diputado local y abogado Hugo Alday Nieto calificó como “atípica” la participación del ex gobernador Mario Villanueva Madrid en la vida pública del estado.

Advirtió que su condición jurídica de sentenciado bajo prisión domiciliaria le impide legalmente ejercer derechos ciudadanos y políticos.

El legislador señaló que, a pesar de que Villanueva Madrid cumple su condena en casa debido a motivos de salud, jurídicamente mantiene el estatus de reo, lo que conlleva limitaciones estrictas en su interacción con la esfera pública y electoral.

Alday Nieto explicó que los beneficios obtenidos mediante juicios de amparo para el traslado del ex mandatario a su domicilio no modifican la naturaleza de su pena.

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En este sentido, puntualizó que la reclusión domiciliaria es equivalente a la estancia en un centro de readaptación social en cuanto a la restricción de garantías.

“Aunque esté en prisión domiciliaria es un reo y no debería tener actividades políticas desde el momento en que se encuentran limitados sus derechos. Está cumpliendo una pena”, enfatizó el diputado.

El legislador cuestionó que los medios de comunicación y las plataformas digitales difundan opiniones políticas de una persona bajo condena, señalando que este fenómeno no ocurre con internos que cumplen sentencias dentro de los penales.

Durante su análisis, el diputado contrastó la dinámica política de Quintana Roo con la de otras entidades del país.

Citó el caso de Tamaulipas, donde figuras públicas con procesos penales o sentencias suelen ser omitidas del debate público por respeto al marco legal.

Alday Nieto consideró “extraño” que en la entidad se mantengan deferencias o reconocimientos hacia personajes que han pasado por la justicia penal.

Sugirió que el cumplimiento de la ley y la restricción de derechos ciudadanos deben prevalecer sobre las costumbres políticas locales.

La advertencia del legislador se fundamenta en el marco legal vigente que estipula la suspensión de derechos políticos, como votar, ser votado y participar en asuntos públicos, a partir de que se dicta una sentencia condenatoria y mientras dure la pena de prisión, sin importar la modalidad de la misma.

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