- La Corte concluyó que el decreto no vulnera los derechos de propiedad y participación de los ejidos de Santa Isabel Ixtapan y Nexquipayac, en Atenco.
FELIPE VILLA
CIUDAD DE MÉXICO.- El debate jurídico sobre el Lago de Texcoco, fue cerrado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al declarar constitucional su estatus como Área Natural Protegida (ANP), aunque colateralmente dejó abierto un tema de fondo: cómo conciliar la protección ambiental con las demandas de las comunidades locales.
El fallo, aprobado por unanimidad al resolver los amparos en revisión 480/2025 y 479/2025, reafirma que la declaratoria responde al interés público. La Corte concluyó que el decreto no vulnera los derechos de propiedad ni de participación de los ejidos de Santa Isabel Ixtapan y Nexquipayac, en Atenco, al sostener que no elimina el uso de la tierra, sino que establece condiciones para su aprovechamiento sustentable.
En el centro de la resolución está un principio clave: el derecho a un medio ambiente sano como un derecho colectivo. De acuerdo con el criterio expresado en el Pleno, este derecho no se contrapone con los derechos agrarios, sino que ambos pueden coexistir bajo un modelo de regulación territorial que priorice la sostenibilidad.
La decisión de la SCJN consolida uno de los proyectos ambientales más emblemáticos de los últimos años. Diversos sectores académicos y organismos especializados han señalado que la recuperación del Lago de Texcoco representa una oportunidad estratégica para restaurar un ecosistema clave del Valle de México, con beneficios en biodiversidad, regulación hídrica y mitigación de inundaciones.
La narrativa oficial ha enfatizado el proyecto como un “rescate ecológico”, particularmente tras la cancelación del Nuevo Aeropuerto Internacional de México, que dio paso a la reconversión del espacio en un área de conservación.
Desde esta perspectiva, el fallo judicial no solo valida una política pública, sino que también fortalece un cambio de enfoque: de grandes obras de infraestructura hacia modelos de desarrollo sustentable.
La dimensión social: un conflicto no resuelto
Sin embargo, el aval constitucional no ha disipado las tensiones en el territorio. Ejidatarios y organizaciones como el Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra han cuestionado tanto el proceso como los alcances del proyecto.
Aunque la Corte determinó que no hubo violaciones a los derechos de audiencia o participación, algunos sectores sostienen que la consulta no fue suficiente ni vinculante.
Además, persiste la preocupación de que las decisiones sobre el uso del territorio no reflejan plenamente las necesidades y propuestas de las comunidades.
Inclusive dentro del propio fallo se reconoce un matiz relevante: si bien comunidades no indígenas, como Santa Isabel Ixtapan, tienen derecho a participar en decisiones sobre su territorio, la definición de los mecanismos de participación corresponde al Congreso y no al Poder Judicial.
Este punto deja abierta una discusión legislativa pendiente. A nivel técnico, especialistas advierten que el verdadero reto comienza ahora. La declaratoria como ANP garantiza un marco legal, pero no asegura por sí misma la restauración ecológica efectiva.
El éxito del proyecto dependerá de factores como: ejecución del plan de manejo y asignación transparente de recursos.
Algunas críticas también han apuntado a posibles irregularidades en la gestión del parque ecológico, lo que añade presión sobre las autoridades para garantizar resultados tangibles.


