Proyecta Corte revés a Salinas Pliego

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  • La Suprema Corte de Justicia de la Nación prevé revocar un amparo de Ricardo Salinas Pliego contra la solicitud de la UIF Financiera para acceder a su información financiera.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé votar la revocación de un amparo otorgado al empresario Ricardo Salinas Pliego contra la solicitud de la Unidad Inteligencia Financiera (UIF), para obtener información financiera de un plazo de 10 años, sin orden judicial.

El proyecto del ministro Giovanni Figueroa plantea que la solicitud de información de créditos, préstamos, estados de cuenta e información patrimonial desde 2012, realizada por la UIF (en 2021), fue únicamente una comunicación entre autoridades.

Igualmente, un mecanismo de prevención y detección de actos, omisiones u operaciones a través de un oficio enviado a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sin que haya afectado los derechos de Salinas Pliego.

“Tan es así que, de no llegarse a detectar conductas irregulares con motivo del análisis de la información solicitada, se dejarían las cosas en el estado en que se encontraban, y la persona investigada podría incluso no tener conocimiento de que se requirió su información”, indica.

El amparo en revisión 492/2023 tiene su origen en la revelación de la Agencia Reforma en diciembre de 2021, de que la UIF solicitó información de 79 personas, como el exfiscal Alejandro Gertz Manero, el expresidente Carlos Salinas de Gortari, el exdirector de la Agencia de Investigación Criminal, Tomás Zerón, el exconsejero jurídico de la presidencia, Julio Scherer, y de Salinas Pliego.

El punto de conexión presuntamente fue su mención en los ‘Pandora Papers’, una filtración masiva de casi 12 millones de documentos financieros de supuesta evasión fiscal y lavado de dinero.

Ricardo Salinas, a quien la Corte desechó todos sus recursos legales y obligó al pago de 51 mil millones de pesos por impuestos entre 2008 y 2013, acusó que la solicitud de la UIF transgrede la secrecía bancaria, financiera, bursátil, fiscal.

Igualmente, consideró también cualquier inversión patrimonial, pues se realizó sin autorización judicial e invade la competencia del Ministerio Público, y que no corresponde a la unidad realizar investigaciones a partir de una nota periodística.

En agosto de 2022, un juez de Distrito le dio un amparo, entre otras razones, porque determinó que se violó el principio de seguridad jurídica porque no establecen un límite temporal para que la UIF solicitara información financiera.

Pero el recurso fue impugnado por la Presidencia de la República, la UIF y el mismo empresario, quien argumentó que el juez no ahondó en aspectos como la obligación de tener una autorización judicial previa para cualquier solicitud de investigación de la unidad.

El proyecto previsto en la Corte propone revocar el amparo, desechar la solicitud de Salinas Pliego y declarar que carece de interés jurídico para combatir la constitucionalidad del oficio reclamado.

Lo anterior, poruqe sus derechos no fueron afectados, sin entrar al estudio de fondo sobre el requerimiento de información de la UIF, en el periodo de 10 años.

“No pasa inadvertido que, en caso de que dicha unidad administrativa detecte actos u operaciones inusuales, la información recabada eventualmente puede ser utilizada, por ejemplo, para una denuncia ante el Ministerio Público de la Federación o para agregar a un particular en la lista de personas bloqueadas.

“Sin embargo, será hasta ese momento en el cual el quejoso podría resentir un menoscabo en sus derechos y entonces ahora sí promover los medios de defensa conducente”, sostiene.

La Corte desechó el lunes pasado dos recursos del empresario para impedir la participación de las ministras Loretta Ortiz y Estela Ríos por su presunta parcialidad en el tema, debido a comentarios que han realizado.

El máximo tribunal acusó que Salinas Pliego sólo buscaba retrasar la resolución del asunto.

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