Libra fraude fiscal contratista de Dos Bocas

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  • El dueño de una empresa contratista de la refinería Olmeca Dos Bocas en Tabasco, libró una presunta defraudación fiscal por más de 15 millones de pesos.
STAFF / AR

CIUDAD DE MÉXICO.- El dueño de una empresa contratista de la refinería Olmeca Dos Bocas en Tabasco, Julio Ignacio Jáuregui, libró la acusación de una presunta defraudación fiscal por más de 15 millones de pesos por el impago del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) en 2019.

En una primera instancia judicial, se resolvió que la imputación carecía de méritos ante lo cual un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte dictó la no vinculación a proceso.

Jáuregui Saád es el presidente del Consejo de Administración de JZ LINK, cuya empresa está representada legalmente por su apoderado Alfredo Martínez Hernández.

El empresario señalado es el propietario también de Enermex, una compañía que se anunció en septiembre de 2019, iba a construir una terminal de almacenamiento con una capacidad de 10 mil barriles de combustible para la refinería de Dos Bocas, cuyo costo iba a ser de 30 millones de dólares.

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La Fiscalía General de la República (FGR) le imputó junto con su empresa de supuestamente valerse de engaños para omitir el pago del IEPS de 2019, con excepción de abril, por un saldo deudor de 15 millones 233 mil 966.05 pesos.

El caso escaló a una acusación penal tras la denuncia del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que identificó que JZ LINK presuntamente emitió en forma indebida 150 Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI´s) por una suma total de 56 millones 211 mil 789.62 pesos.

Estos comprobantes se emitieron por conceptos de “Biodiesel, BRV B5 y Aditivo B5” a su cliente Grupo Herradura Occidente, en el ejercicio fiscal 2019, los cuales no se encuentran gravados para efectos del referido impuesto.

Sin embargo, cuando el SAT hizo una compulsa con el cliente, Grupo Herradura Occidente identificó que los 150 comprobantes emitidos en realidad corresponden a la venta de diésel, un producto que sí está sujeto al IEPS.

La comisión del delito que se intenta probar se castiga con 3 a 9 años de prisión, según el artículo 108, fracción tercera, del Código Fiscal de la Federación.

El juez de control dictó la no vinculación porque estimó que el dictamen contable que presentó el imputado sobre los estados financieros de la empresa eran suficientes para acreditar que no existió delito alguno.

La FGR y la Procuraduría Fiscal de la Federación impugnaron el fallo ante un Tribunal Colegiado de Apelación de la Ciudad de México.

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